Jaque al céntimo sanitario

Jaque al céntimo sanitario Danos tu opinión en nuestro blog!

El Tribunal de Justicia de Estrasburgo acaba de hacer público un dictamen en el que declara que el céntimo sanitario es incompatible con la legislación comunitaria.

Lo siguiente será el fallo o sentencia del Tribunal que salvo sorpresas de última hora irá en la misma línea que el dictamen previo que acabamos de conocer.

En unos meses saldrá la sentencia del tribunal de Estrasburgo que, si todo es normal, dirá lo mismo que el dictamen que acabamos de conocer que no es otra cosa que declarar la incompatibilidad del céntimo sanitario con la legislación comunitaria

Prácticamente no hay dudas sobre el tono de la sentencia, todos los indicadores llevan a confiar en que el Tribunal de Estrasburgo declarará ilegal el cobro de este recargo a los gasóleos que estableció el Gobierno español de 2002 y que se ha venid cobrando hasta diciembre de 2012. Porque hay que tener en cuenta que desde enero de 2013 no existe el céntimo sanitario y no existe porque el Gobierno español es plenamente consciente de que el Tribunal de Justicia de Estrasburgo se lo iba a tumbar.

Lo que hizo el Gobierno fue sustituir el céntimo sanitario por una subida del Impuesto de Hidrocarburos de 4,8 céntimos/litro, de los cuales 2,4 céntimos/litro los recauda el Estado y los otros 2,4 céntimos/litro las comunidades autónomas, y por cierto, esta mañana hemos sabido que la Comunidad de Madrid va a devolver esta parte del impuesto a los transportistas, por lo que nos felicitamos.

El Gobierno español lo que “ha solicitado” es que no se le condene a devolver el importe del céntimo sanitario debido a la crítica situación de la economía española; es decir, viene a reconocer que se ha portado mal pero pide que no le castiguen porque no lo volverá a hacer

Ya en mayo de 2008, la Comisión Europea notificó al Gobierno español, en forma de dictamen motivado, que el céntimo sanitario no se ajustaba al derecho de la Unión Europea.

En noviembre de 2011, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña fue quien planteó esta cuestión al Tribunal de Justicia de Estrasburgo para que se pronunciara de forma extrajudicial sobre la compatibilidad o no de este impuesto sobre los gasóleos. Siguiendo con este proceso, en junio de este año se celebró en Luxemburgo la vista oral, paso previo a la sentencia del Tribunal de Justicia de Estrasburgo, para que el demandante y el demandado expusieran sus razones.

Ya no existe el céntimo sanitario, aunque siga llamándose así en muchos sitios, en enero de este año se derogó y ahora es más importe del impuesto especial de hidrocarburos

Y en esta vista oral, el representante del estado español no defendió en ningún momento la legalidad del céntimo sanitario, sino que se limitó a recalcar la situación económica que atraviesa nuestro país por lo que se pedía que en la sentencia no se obligara al Estado Español a devolver el importe del céntimo sanitario, sino que se aplicara a futuro, es decir, que si se cobrara a partir de la fecha de la sentencia se tendrá que devolver, si no, no. Y como el céntimo sanitario ha desaparecido y ha sido sustituido por un mayor importe del impuesto especial de hidrocarburos, ya no habría lugar a esa devolución de lo recaudado en concepto de céntimo sanitario.

Y por lo que ha dejado entrever el representante del Tribunal de Estrasburgo no debiera sorprendernos mucho si esto sucediera así, ya que ha subrayado la excepcionalidad de la situación y el hecho de que por primera vez se produciría un hecho así, que fallando en contra de un país por una incompatibilidad de este calibre no se le obligue a devolver las cantidades recaudadas erróneamente o a indemnizar. Pero la crítica situación que atraviesan nuestras finanzas puede dar lugar a que suceda esta excepcionalidad. Y es que podríamos estar hablando de cantidades que ronden los 13.000 millones de euros.

¿Qué va a pasar entonces? Y ¿qué va a suceder con todos aquellos que recurrieron este impuesto y solicitaron su devolución? A la hora de dictar la sentencia hay tres escenarios posibles:

  • 1. Que la sentencia sea favorable al demandante y establezca la “ilegalidad” del céntimo sanitario y no se fijen restricciones temporales, con lo que el Gobierno tendría que indemnizar y devolver todo lo recaudado en concepto de céntimo sanitario.
  • 2. Que la sentencia sea favorable pero se establezcan restricciones temporales, que pueden ser devolver solo lo no prescrito (últimos cuatro años) o devolver solo a partir de determinada fecha, por ejemplo cuando se publicó la cuestión prejudicial en mayo de 2012).
  • 3. Que la sentencia sea favorable pero “a futuro”, es decir, que se considera la ilegalidad del céntimo sanitario pero no tenga efectos prácticos para los sujetos pasivos puesto que no habría devolución de las cantidades cobradas indebidamente ya que está derogado desde enero de 2013.

En relación con todos aquellos que habéis interpuestos demandas contra el Estado español por esta cuestión habrá que esperar a ver lo que dice la sentencia, pero si al final no fija la obligatoriedad de devolver las cantidades cobradas por céntimo sanitario sino que hace la excepción que hemos comentado más arriba, tampoco tendríais derecho a la devolución de estas cantidades pagadas en concepto de céntimo sanitario.

¿Qué nos quedaría entonces? La victoria moral y la confianza en haber tenido razón desde el principio de los tiempos. Pero claro, que nos den la razón ahora y así, a lo mejor sabe a poco.

  • Suscríbete a nuestro boletín

  • Nuestro Podcast

NUESTROS DESTACADOS

Restricciones a la circulación de camiones 2024

El Cuadernillo con las restricciones a la circulación de camiones 2024 en todo el territorio nacional ya está disponible, en formato PDF o revista....

Volvo Trucks rompe el techo de potencia con 780 CV y lanza nueva gama FH Aero

Volvo Trucks rompe el techo de potencia con un nuevo motor de hasta 780 CV para el FH16 y lanza nueva gama FH Aero,...

Los vehículos comerciales cerraron 2023 con un incremento de las matriculaciones del 22%

Los vehículos comerciales cerraron 2023 con un incremento de las matriculaciones del 22% respecto al año 2022, con 146.052 unidades comerciales. El único tipo...