Los módulos se acercan a su fin

Para poder continuar en los módulos en 2018, en 2017 no se podrá facturar más de 75.000 euros. Ahora el límite está en 125.000 euros.

Hacienda acaba de elaborar la Orden por la que se da continuidad a los módulos durante 2017 en las mismas condiciones que en 2016 pero, con la salvedad de que ya todos sabemos que los módulos se acercan a su fin, puesto que para continuar en ellos más allá del 1 de enero de 2018, entre otros requisitos no se habrán facturado más de 75.000 en 2017. 

Para este año, 2016 Hacienda introdujo ya una reforma importante en los módulos de forma que se redujo de  forma considerable su significado para el sector del transporte de mercancías por carretera al reducir el límite máximo de facturación anual a 125.000 euros para poder continuar acogido a dicho régimen. Esa facturación de 125.000 euros además tiene que hacerse en un 50% a empresas o profesionales.

2017 es el último año del periodo transitorio que consiguieron negociar las organizaciones empresariales con Hacienda; a partir del 1 de enero de 2018 la exclusión de módulos se produce por superar el límite de 75.000 euros de facturación en 2017 y a partir de entonces ése es el límite que queda fijado. Mientras duren los módulos.

Por lo demás, en el proyecto de Orden de módulos para 2017 se mantienen idénticos los importes de los módulos que se aplican a los de este año 2016, así como el límite máximo de vehículos de transporte para poder continuar acogido a dicho régimen, cuatro vehículos para transporte de mercancías y cinco vehículos en el caso de transporte de viajeros en autobús.

Módulos 2017

En el IRPF todas las actividades mantienen los mismos módulos establecidos en 2016, previéndose una reducción general en el rendimiento neto de un 5% aplicable tanto en el año 2016 como en 2017. En consecuencia los módulos de IRPF de las actividades de transporte de mercancías (722 y 849.5) y de transporte de viajeros (721.1 y 721.3) quedarían como sigue:

Transporte de mercancías:

  • 10.090,99 euros de personal no asalariado,
  • 2.728,59 euros de personal asalariado y
  • 126,21 de carga del vehículo.

Transporte de viajeros en autobús:

  • 16.016,97 euros de personal no asalariado,
  • 2.981,02 euros de personal asalariado y
  • 121,40 de asiento del vehículo.

En el IVA, se mantienen también los mismos módulos que en 2016. En consecuencia los módulos del IVA de las actividades de transporte de mercancías (722 y 849.5) y de transporte de viajeros (721.1 y 721.3) quedaría como sigue:

Transporte de mercancías:

  • 4.149,99 euros de personal empleado y
  • 388,55 de carga del vehículo.

Transporte de mercancías de residuos:

  • 1948,64  de personal empleado y
  • 181,58 de carga del vehículo.

Transporte de viajeros en autobús:

  • 1.700,62 euros de personal empleado y
  • 79,72 de cada asiento del vehículo.

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