Se han producido novedades en el canje de los carnes de conducir ecuatorianos por parte de la Dirección general de Tráfico, que tienen que ver sobre todo con cambios en la normativa que regula esta cuestión por parte de Ecuador.
«El Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación saluda
atentamente a la Embajada del Ecuador en España y en relación con el Canje de Notas
de fecha 25 de septiembre de 2003 constitutivo de Acuerdo entre el Reino de España y
la República del Ecuador sobre el reconocimiento recíproco y el canje de los permisos de
conducción nacionales, a iniciativa de la Dirección General de Tráfico propone enmendar
el Acuerdo al haberse producido cambios en la normativa que regula las licencias de
conducción en Ecuador.«
De esta forma, el canje de carnés ecuatorianos por carnes de conducir españoles quedaría de la siguiente manera:
- Los carnés de conducir A y A1 ecuatorianos podrán canjearse por el A español.
- Los carnés B y C1 ecuatorianos podrán canjearse por el carné B español (en ningún caso por el C1 español).
- El carné C ecuatoriano podrá canjearse por el D1 español; el carné ecuatoriano E podrá canjearse por el C+E español y el carné D ecuatoriano podrá canjearse por el D español.
Por otra parte, los permisos de conducción ecuatorianos tipo C1, C, D y E incluyen también el permiso español de la clase B.
Hay dos permisos ecuatorianos, el F y G que no son canjeables por permisos españoles.
Como siempre, os recordamos que el canje afecta solo a la prueba teórica, que el ciudadano ecuatoriano en posesión de uno de estos carnés no tendrá que realizar, pero sí tendrá que realizar las pruebas prácticas y el CAP, en el caso de los permisos profesionales.