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Una de cal y otra de arena
Nuevas reglas para el tacógrafo y el tiempo de trabajo
L
a Unión Europea de Transportistas por
Carretera (U.E.T.R), a la que pertenece
FENADISMER, ha mostrado su satisfacción
por la aprobación de determinadas reglas nue-
vas en materia de tacógrafo por parte del
Comité de Turismo y Transportes del Parla-
mento Europeo. Y es que se espera que con
estas nuevas reglas mejore el actual marco
normativo para prevenir el fraude y favorecer
el empleo de nuevas tecnologías. Sin embargo,
la UETR no comparte el resultado de la vota-
ción en lo que respecta a los tiempos de traba-
jo y la responsabilidad subsidiaria.
La UETR reconoce la necesidad de mejorar la
eficacia del actual marco normativo en mate-
ria de tacógrafo digital y tiempos de conduc-
ción y descanso, demandando siempre la exis-
tencia de un marco legal que permita garanti-
zar la seguridad vial y la protección social y su
aplicación armonizada en todos los Estados
miembros. Europa necesita una regulación
inteligente que logre el empleo del aparato de
control de modo eficaz y efectivo. Para la
UETR son muy positivos los siguientes nuevos
planteamientos en relación con el tacógrafo:
-El uso del posicionamiento vía satélite sin
coste.
-El no establecimiento de sanciones automá-
ticas mediante controles inalámbricos.
-Retirada de precintos únicamente por talle-
res autorizados.
-Estudio sobre el impacto de hacer conver-
ger en una única tarjeta todas las tarjetas uti-
lizadas en la actualidad por los conductores
profesionales, en especial la tarjeta de conduc-
tor y el permiso de conducir.
-Formación de los agentes de control.
-Armonización de sanciones en toda la
Unión Europea en el caso de incumplimientos
graves.
Hasta aquí todo bien, pero se ha debatido
otro aspecto relacionado con la consideración
de tiempos de trabajo cuyo resultado es preo-
cupante para la UETR y es que la definición
aprobada de tiempo diario de trabajo se
encuentra basada únicamente en supuestos
legales obsoletos y vulnera la definición con-
tenida en la Directiva 2002/15/CE, en la que
expresamente se establece que las interrup-
ciones y tiempos de descanso no pueden ser
considerados como tiempo de trabajo.
De conformidad con el Reglamento 561/2006,
los cargadores, consignatarios, intermedia-
rios y operadores, contratistas principales o
subcontratados y empresas de trabajo perso-
nal, deben garantizar que los plazos acordados
para la ejecución del transporte se ajusten a la
regulación legal de tiempos de conducción y
descanso a la que se encuentran sometidos los
conductores.
Esta previsión pretende reducir la presión
que pueden sufrir los transportistas por parte
de sus cargadores para efectuar una mayor
cantidad de entregas o entregas más rápidas
con el objetivo único de reducir costes.
No obstante estas previsiones, en el texto
aprobado por el Parlamento europeo no se
encuentra ningún rastro del principio de
corresponsabilidad de todos los intervinientes
en la cadena de transporte (cargador y posi-
bles intermediarios), y no solo del transportis-
ta. Es una oportunidad perdida para garanti-
zar la seguridad vial a nivel europeo en toda la
cadena del transporte y la idea de una seguri-
dad vial y una protección social “a la carta” no
es aceptable.
La regulación social de la UE es muy com-
pleja y sus modificaciones requieren más
tiempo. La UETR espera que los europarla-
mentarios lleven a cabo un conjunto de cam-
bios de forma que en Sesión Plenaria el Parla-
mento europeo vote enfrentando con sumo
cuidado esta cuestión tan delicada y de carác-
ter tan técnico.
Plataforma contra el abuso
FENADISMER lidera la
batalla contra el abuso
y el dumping
F
ENADISMER ha constituido formalmente la Pla-
taforma de Acción Judicial de lucha contra el
dumpling y los abusos en materia de precios en el sec-
tor del transporte por carretera, como consecuencia
del acuerdo adoptado en la Asamblea general cele-
brada el pasado mes de abril.
Dicha Plataforma está formada por los Departamen-
tos Jurídicos de las 45 organizaciones territoriales
que integran la Federación, con la finalidad de perse-
guir todas las situaciones de dumping e imposición de
precios por debajo de costes que afecten a sus 32.000
transportistas asociados.
Para ello, se ha acordado plantear una acción judi-
cial coordinada a nivel nacional a través de la inter-
posición de demandas por competencia desleal contra
las empresas cargadoras, fabricantes, operadores
logísticos, intermediarios y grandes flotistas que en la
actualidad paguen precios por los servicios de trans-
porte por debajo de los costes mínimos de explotación,
utilizando como referencia el Observatorio de Costes
del Transporte publicado por el Ministerio de Fomen-
to, exigiendo a tal efecto las indemnizaciones que pro-
cedan por las diferencias no percibidas.
Dicha acción judicial se llevará a cabo tomando
como fundamento la Sentencia del Tribunal Supremo,
de fecha 29 de Febrero de 2012, que declara ilegal la
contratación del transporte por debajo de costes, que
fue promovida en su día por FENADISMER ante la
falta de apoyo de las Administraciones Públicas por
atajar dichas situaciones de abuso que están soporta-
do muchos transportistas, que se ven obligados a tra-
bajar sin ni siquiera poder cubrir sus costes.