Página 16 - numero63

Versión de HTML Básico

16
en
la
carretera
Y, de momento, queda aparcado, veremos
por cuánto tiempo, el hecho de que se incluya
en el cómputo de la base de la pensión toda la
vida cotizada por el trabajador, desde el pri-
mer salario hasta el último. Esto tiene sus
ventajas y sus inconvenientes, según el tipo
de trabajador y las condiciones del acceso a la
jubilación. Por ejemplo, para a cualquier tra-
bajador que se jubile a la edad legal, le perju-
dica, ya que su base siempre será inferior,
pues se incluirán todos aquellos primeros
años de vida laboral en que normalmente la
cotización habrá sido más baja, puesto que
los salarios habrán sido más bajos. Pero a
aquellos otros trabajadores que se jubilen
anticipadamente y que tengan que acudir dos
años al desempleo, donde se cotiza por la base
mínima, sí que les beneficia.
Pero, esto, como la vuelta de tuerca a la jubi-
lación anticipada y a la parcial, siguen estan-
do en el tintero. De momento, lo que os hemos
contado aquí es lo que tenemos desde el pasa-
do 1 de enero de 2013.
años. Esto en Bruselas ni se entiende ni se
quiere entender. Y en España se es conscien-
te de que esta situación genera muchas, innu-
merables situaciones de desigualdad e injus-
ticia social. Por eso, en la mente del Gobierno
está una nueva reforma de la jubilación anti-
cipada que se pretende consensuar con la opo-
sición y los agentes sociales, pero que en cual-
quier caso se considera prioritaria y se tra-
mitaría en los próximos meses.
La Ley que ha entrado en vigor el 1 de enero
dice que la jubilación anticipada es posible a
los 63 años con 33 años cotizados y un 7,5% de
porcentaje reductor por cada año de anticipo.
El Gobierno quiere introducir además una
novedad, que previsiblemente se haga extensi-
va en futuras reformas a todas las pensiones,
no solo a las anticipadas, y es el hecho de que
para el cálculo de la pensión se tenga en cuen-
ta toda la vida laboral del trabajador. Esto no
beneficia al trabajador, sí al sistema, ya que a
medida que nos alejamos en la vida laboral, las
bases de cotización han sido más bajas.
En cuanto a la jubilación parcial, el Gobier-
no se plantea incluso su desaparición. Pero
antes de llegar a tanto, se trabaja con varias
hipótesis, retrasar la edad de jubilación par-
cial a la misma edad que la jubilación ordina-
ria (entre 65 y 67 años según el momento del
periodo transitorio hasta 2027), e incluso
ampliar el periodo de cotización para poder
acceder a la jubilación parcial.
Está claro que, en cualquier caso, la jubila-
ción anticipada se pone muy cuesta arriba
por debajo de los 63 años, porque hay que
acreditar 33 años cotizados.
En cuanto a los autónomos, de momento, y
aunque está previsto que se regule, no tienen
derecho a la jubilación anticipada ni a la par-
cial por lo que se les aplicará el criterio gene-
ral de acceso a la pensión de jubilación en
cuanto a edad, periodos mínimos cotizados y
cálculo de la pensión.
De 15 a 25 años de cómputo
Tanto se ha puesto el foco en la ampliación
de la edad de jubilación en dos años, que lo
hemos apartado de un hecho muy, muy
importante, como es que el periodo mínimo
para poder acceder a la pensión de jubilación
se incrementa en 10 años, pasando de 15 a 25
El Gobierno quiere dar
una vuelta de tuerca más
a las jubilaciones anticipadas,
que son un 40% de las
jubilaciones totales que se
producen en España. Por eso,
lo referido a las jubilaciones
anticipadas se retrasa, de
momento, tres meses.
El Gobierno quiere negociar
con la oposición y los agentes
sociales nuevas medidas para
endurecer aún más la jubilación
anticipada y la jubilación parcial
De los 15 años cotizados exigidos hasta 2012
para tener derecho a la pensión de jubilación
pasaremos a 25 años en 2022. Sin duda, esto
será también un freno para las jubilaciones
anticipadas
años mínimo para tener derecho a la pen-
sión. Y este incremento se irá haciendo pau-
latinamente entre este año y 2022, no 2027,
como el resto de las reformas de calado.
pensiones
actualidad