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en
la
carretera
E
l Comité Nacional del Transporte por
Carretera (CNTC) ha firmado una adenda
(añadido) al Acuerdo de Colaboración entre la
Dirección General de Transportes Terrestre
del Ministerio de Fomento y el Instituto para
la Diversificación y Ahorro de la Energía
(IDAE) para la organización e impartición de
cursos de conducción eficiente de vehículos
industriales. Esta actividad formativa, que
comenzó a impartirse en 2009, se amplía aho-
ra a 2012 y 2013 para formar a un importante
número de conductores profesionales en téc-
nicas de conducción eficiente. Teniendo en
cuenta esta ampliación, en el global del pro-
yecto serán formados un total de 13.000 con-
ductores profesionales durante los cinco años
de vigencia total del plan. La Dirección Gene-
ral de Transporte Terrestre editará 8.100 ejem-
plares del “Manual de conducción eficiente
para conductores de vehículos industriales
del IDAE”, para su distribución gratuita entre
los alumnos que asistan a los cursos que se
han de impartir. Entre las entidades benefi-
ciarias de esta ampliación se encuentra
FENADISMER, que impartirá dicha forma-
ción a más de mil conductores profesionales,
formación que se llevará a cabo a través de
sus asociaciones territoriales durante los
años 2012 y 2013.
Impartidos
por FENADISMER
Proyecto de Ley de Medidas de Apoyo al Emprendedor
Cursos de conducción
eficiente gratuitos
paramás demil
profesionales
Fomento intenta regular una vez más el tacógrafo en las islas
El tacógrafo, también en las islas
P
or cuarta vez, el Ministerio de Fomento
establece una regulación sobre la aplica-
ción del tacógrafo en las Islas, que pretende
establecer un sistema flexible en todas las
islas menos en Mallorca, donde se aplica en
las mismas condiciones que en el resto de la
Península.
Hasta 2007, todas las islas españolas, menos
Mallorca, estaban exentas de la aplicación del
tacógrafo; a partir de 2007 se exigió a todos los
transportes realizados en Gran Canaria, Tene-
rife, Fuerteventura y Mallorca. En 2010 entró
en vigor una nueva disposición que obligaba a
la aplicación del tacógrafo a prácticamente
todas las islas.
En 2011, el Ministerio de Fomento intentó
dejar fuera de la aplicación del tacógrafo de
nuevo a todas las islas a excepción de Mallor-
ca, pero no fue posible (la legislación sobre el
tacógrafo es comunitaria, no nacional).
Ahora, Fomento propone un régimen flexi-
ble para la mayoría de las islas (Mallorca tie-
ne que cumplir la legislación nacional):
1. Afecta a Ibiza y Menorca en Baleares;
Gran Canaria, Tenerife, Fuerteventura, Lan-
zarote, La Gomera, La Palma y Hierro en las
Islas Canarias.
2. En cuanto a los aspectos flexibles de apli-
cación de la normativa del tacógrafo son los
siguientes:
El descanso diario se podrá tomar fraccio-
nadamente siempre que uno de los bloques de
descanso sea de al menos ocho horas ininte-
rrumpidas y que la suma total de bloques sea
de al menos doce horas.
El descanso semanal reducido de 24 horas
se podrá tomar durante tres semanas conse-
cutivas, debiéndose producir la compensación
de lo no descansado en la cuarta semana.
Las pausas en la conducción de 45 minutos
podrán fraccionarse en tres bloques de al
menos quince minutos.
En travesías en ferry de hasta cuatro horas
de duración se podrá computar dicho periodo
como tiempo de descanso, aunque el conduc-
tor no disponga de acceso a una cama o litera.
Los transportes privados de actividades
agrícolas, forestales, ganaderas o pesqueras
que se desarrollen en un radio de 100 kilóme-
tros estarán exentos del tacógrafo.
Las empresas constructoras
tendran que pagar en treinta días
L
as constructoras no podrán pagar a más
de sesenta días, según el proyecto de Ley
de Medidas de Apoyo al Emprendedor que
está tramitando el Gobierno. Esta medida que
ha sido promovida por la Plataforma Multi-
sectorial contra la Morosidad, de la que forma
parte FENADISMER, es fundamental para
que las empresas contratistas adjudicatarias
de obra pública no continúen sorteando los
plazos máximos de pago para liquidar sus fac-
turas.
De momento, los contratistas de obra pue-
den legalmente “pactar” con sus subcontratis-
tas los plazos de pago que más les convengan,
muy superiores en cualquier caso a los sesen-
ta días y sin que exista ningún tipo de limita-
ción en el plazo máximo de pago contractual.
Y como todos sabemos, los plazos de pago que
vienen aplicando esos contratistas de obra
pública exceden con mucho estos sesenta días
(la media, se sitúa por encima de los trescien-
tos días).
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