Página 10 - numero68

Versión de HTML Básico

10
en
la
carretera
La Diputación
de Guipúzcoa
renuncia
a los peajes
Para camiones y turismos
L
a Diputación de Guipúzcoa, que gobier-
na en minoría Bildu, se ha visto obligada
a paralizar su proyecto de establecimiento de
peajes tanto a camiones como a turismos por
la utilización de las carreteras guipuzcoanas.
Concretamente, el proyecto de Bildu afectaba
a la N-1, N-121 A y la A-15, y la previsión era
ponerlo en marcha a partir de octubre de
2014. El motivo que ha impedido su aproba-
ción y puesta en marcha no ha sido otro que
la falta de apoyo de los restantes grupos polí-
ticos que componen las Juntas Generales de
dicha Diputación, debido al fuerte rechazo
social a dicha medida.
Rechazo de FENADISMER
Como ya sabéis, FENADISMER planteó su
absoluto rechazo a la implantación de estos
peajes al considerar que la aprobación de
dicha medida perjudicaría muy gravemente
a las exportaciones españolas, al ser Guipúz-
coa paso obligatorio para el transporte de
mercancías con destino al resto de Europa.
No hay que echar en saco roto que esta posi-
ción geográfica privilegiada le permite
recaudar anualmente a la Diputación Foral
más de 250 millones de euros anuales sólo en
concepto de impuesto sobre los carburantes.
FENADISMER también rechazó esta medida
en su día por considerar que la aprobación
unilateral de dicha medida vulneraría la
legislación española sobre traspaso de com-
petencias en materia de carreteras a las
Diputaciones vascas.
Por todo esto, FENADISMER manifiesta su
satisfacción por la paralización de dicha
medida, cuyos principales perjudicados
hubieran sido los transportistas guipuzcoa-
nos y del resto de España.
Cambios destacados en las infracciones de transporte
Novedades en el baremo
L
a Ley de Ordenación de los Transpor-
tes Terrestres que entró en vigor el 25
de julio pasado no sólo trajo noveda-
des en materia de autorizaciones de trans-
porte, también en aspectos fundamentales
como el baremo sancionador, es decir, cómo
se califican las infracciones y cómo se san-
cionan. Y aunque la mayoría de ellas se han
rebajado en sus cuantías, hay algunas de
ellas que, sin esperarlo, han subido la cuan-
tía, la han doblado, más bien.
Novedades más destacadas
Además de las novedades que podéis ver en
el cuadro, destacan las siguientes:
Las infracciones por minoración de los
tiempos de conducción y descanso o los exce-
sos de los tiempos de conducción han visto
reducido el importe de las correspondientes
sanciones que pasan a graduarse de 100
euros, la mínima, a 2.000 euros, la máxima.
En la anterior LOTT, en el caso de los exce-
sos sobre la MMA se distinguían tres catego-
rías; con la actual LOTT, sólo hay dos catego-
rías que se regulan de la siguiente forma:
-Vehículos hasta 12 Tn. de MMA: se sanciona
el exceso de peso superior al 5% con 301 euros,
cuantía mínima, y la cuantía máxima para
excesos superiores al 35% será de 4.000 euros.
-Vehículos de más de 12 Tn. de MMA: se
sanciona el exceso superior al 2,5% 301 euros,
cuantía mínima, y la cuantía máxima para
excesos superiores al 30% será de 4.000 euros.
Otras novedades hacen referencia a los pla-
zos de pago y los descuentos por pago en
periodo voluntario:
El plazo para el pago voluntario de la san-
ción pasa de 15 a 30 días.
El descuento por pago voluntario será del
30% (frente al 25% de la anterior LOTT).
Otra novedad es que la comisión de deter-
minadas infracciones muy graves puede con-
llevar la pérdida de la honorabilidad, uno de
los requisitos de acceso a la profesión de
transporte, lo que inhabilitaría durante la
duración de la pérdida de la honorabilidad a
la continuación de la actividad de transporte.
Para más información sobre el baremo de
sanciones, podéis entrar en la página web del
Ministerio de Fomento, www.mfom.es.
LOTT ANTERIOR LOTT ACTUAL
Obstrucción a la labor inspectora
4.601euros
4.001euros
Carencia de autorización de transporte
4.601 euros
4.001 euros
Carencia o falta de datos del documento de control
1.001 euros
401 euros
Carencia de tacógrafo
4.601 euros
2.001 euros
Manipulación del tacógrafo
4.601 euros
4.001 euros
Carencia del limitador de velocidad
4.601 euros
2.001 euros
No llevar a bordo los discos del tacógrafo
2.001 euros
1.001 euros
No llevar insertada la tarjeta del tacógrafo
3.301 euros
2.001 euros
Sin embargo, nos encontramos con las siguientes
novedades en el baremo sancionador al alza:
LOTT ANTERIOR
LOTT ACTUAL
Conductor que carece de CAP
1.001 euros
2.001 euros
Mercancías peligrosas (etiquetas, paneles...)
2.001 euros
4.001 euro
carretera
noticias