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en
la
carretera
E
l nuevo texto presentado por la Dirección
General de Tráfico para la modificación
del actual Reglamento General de Circula-
ción, ha eliminado algunos de los aspectos
más conflictivos que se habían introducido
en el proyecto de modificación inicial presen-
tado en marzo de 2013, como la propuesta de la
reducción de la velocidad máxima permitida
para la circulación de camiones y furgonetas
a 70 km/hora, lo que suponía, en la práctica,
una reducción en la actividad para las empre-
sas transportistas en torno al 15% diario, o la
supresión de la exención de la utilización del
cinturón de seguridad por parte de taxistas y
transportistas repartidores de mercancías en
ámbitos urbanos, por lo que tal exención se
mantiene en el nuevo proyecto de modifica-
ción que ahora se tramita.
Las principales modificaciones que se
introducen en el proyecto de modificación
del Reglamento General de Circulación son
las siguientes:
1.
Se equiparan las velocidades máximas
permitidas para los vehículos articulados
(tractora más semirremolque) y los trenes de
carretera (camión rígido más remolque), que
a partir de que se apruebe el Reglamento
podrán circular a 90 k/h en autopistas y auto-
vías y a 80 k/h en carreteras convencionales.
2.
Se establece una nueva limitación de
velocidad para los autobuses que no lleven
instalados cinturones de seguridad o lleven
pasajeros de pie, que no podrán circular a
más de 80 k/h en autopistas y autovías y a 70
k/h en carreteras convencionales.
3.
En el caso de turismos y motos, en auto-
pistas y autovías con limitación de velocidad a
120 km/h, se podrá aumentar a 130 km/h si se
autoriza en los paneles de información varia-
ble situados en la vía.
4.
La retirada de los vehículos accidentados
en carretera deberá llevarse a cabo sólo por
las empresas especializadas en auxilio en
carretera, debidamente autorizadas.
5.
En caso de pérdida del permiso de circula-
ción no se obligará a pasar una inspección téc-
nica del vehículo si éste se encontrase al
corriente de sus revisiones técnicas periódicas.
6.
Se recoge la posibilidad de que las auto-
vías puedan estar sujetas en el futuro a peaje,
lo que requerirá el pago de dicho peaje para
poder circular por ellas.
7.
Se establece una regulación detallada de
los vehículos especiales y de los vehículos en
régimen de transporte especial, esto es, de los
que superen las masas o dimensiones máxi-
mas permitidas debido a la carga indivisible
que transportan.
Los camiones no tendrán
que circular a 70 km/hora
Novedades en el Reglamento General de Circulación
Restricciones
a la circulación
de camiones
en 2014
N
o olvidéis, de cara al verano, consul-
tar en nuestra nueva web las Restric-
ciones a la Circulación para camiones,
actualizadas a las disposiciones estableci-
das para 2014, que son muchas, como por
ejemplo, la incorporación de la Diputación
Foral de Navarra, que hasta ahora no con-
taba con restricciones propias y este año
ha decidido ingresar en este selecto club
que tanto perjudica al transporte de mer-
cancías. Forman parte del mismo, además
de las restricciones estatales, las estableci-
das por el País Vasco y Cataluña.
Como siempre, hemos incluido los
mapas por territorios y las carreteras a las
que afectan las restricciones, con inclu-
sión de horarios, tramos, días, etc.
Esperamos que, como en años anterio-
res, os sean de la máxima utilidad. Este
año hemos contado con el patrocinio de
GALP para poder llevarlas a cabo. Duran-
te todo 2014 estarán colgadas en la web y
poséis acceder a ellas a través del código
QR insertado en este cuadro. Solo tenéis
que descargaros una aplicación gratuita
de lectura de códigos QR al móvil.
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