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en
la
carretera
Bruselas investiga a Francia
La Comisión Europea investiga la prohibición de dormir en el camión
carretera
noticias
Como os informamos el pasado mes de julio,
la Asamblea Nacional Francesa aprobó una
nueva regulación que establece que todo
empresario deberá vigilar que el trabajo de
sus conductores se ejecute de conformidad
con las disposiciones establecidas a fin de
garantizar, entre otros, el derecho al descan-
so semanal normal de sus conductores en
condiciones dignas, estableciendo una nueva
infracción consistente en una pena de un año
de prisión y una multa económica de 30.000
euros en el caso de que los conductores el
descanso semanal normal (no reducido) a
bordo del camión.
FENADISMER presentó una denuncia ante
la Comisión Europea para que analizara si la
proposición de ley que se estaba tramitando
respetaba la normativa europea sobre regu-
lación del transporte internacional y sobre
armonización social en el sector del trans-
porte por carretera.
En respuesta a dicha denuncia, la Direc-
ción General de Movilidad y Transporte de la
Comisión Europea ha expresado a FENA-
DISMER que la normativa europea no esta-
blece ninguna limitación al respecto: así, de
forma contundente señala “que el Reglamen-
to europeo 561/2006 no prohíbe en ningún
momento el descanso semanal normal a bor-
do del vehículo”.
tenido en cuenta la repercusión práctica que
la misma puede suponer en los cientos de
miles de conductores profesionales que sema-
nalmente circulan por las carreteras france-
sas (sólo en el caso de España, más de 20.000
conductores profesionales cruzan la frontera
diariamente) sin que previsiblemente exista
infraestructura hotelera suficiente para alo-
jar a dichos conductores.
Por su parte, FENADISMER continúa insis-
tiendo en la necesidad de que se apruebe un
verdadero Plan de lucha contra la competencia
desleal coordinado a nivel de todos los países
de la Unión Europea, que persiga a las empre-
sas de transporte que establecen su residencia
en terceros países a los exclusivos efectos de
aprovecharse de unos menores costes fiscales
y laborales, pero que en la práctica desarrollan
su actividad de transporte principalmente fue-
ra del país donde se han establecido. En este
sentido, FENADISMER considera necesario
que los Estados miembros donde prestan sus
servicios las empresas de transporte proceden-
tes de terceros países, exijan que las condicio-
nes de trabajo y los salarios de dichos conduc-
tores se ajusten a las del resto de conductores
nacionales y que se controle que la tributación
de los servicios de transporte prestados se lle-
ve a cabo en el país de acogida y no en el de
establecimiento de la empresa.
La razón dada por Francia para
prohibir dormir en el camión es la
tan manida “lucha contra la
competencia desleal”. Para
FENADISMER si hay un problema
de competencia desleal ahora
entre las empresas europeas, se
está dando con la deslocalización
de las empresas que pueden
hacerlo en “paraísos sociales”
A este respecto, la Comisión Europea ha
confirmado a FENADISMER que, a raíz de la
denuncia presentada por nuestra Federación
el pasado mes de abril, ha abierto un procedi-
miento de “comunicación estructurada” con-
tra Francia en relación con las nuevas dispo-
siciones legales, lo que podría concluir con
“la apertura de un procedimiento de infrac-
ción con arreglo al artículo 258 del Tratado de
Funcionamiento de la Unión Europea”.
En todo caso, FENADISMER considera que
la nueva infracción penal aprobada no guarda
relación alguna con la necesaria lucha contra
la competencia desleal que fundamenta la
aprobación de dicha medida, ni tampoco ha