¿Última oportunidad de obtener el título de transportista sin requisitos?

Todo parece indicar que la convocatoria de este año, 2018, que hagan las Comunidades Autónomas, para la obtención del título de transportista (o capacitación) será la última oportunidad para que puedan concurrir todos los aspirantes que lo deseen. A continuación te explicamos porqué.

En el año 1987, la entrada en vigor de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres obligó a acreditar que se disponía de una serie de conocimientos mínimos para poder acceder a la profesión de transportista, para obtener «el título» de transportista, como siempre se ha llamado aquí. Entonces, estas pruebas se denominaban de Capacitación Profesional, ahora son llamadas de Competencia Profesional. Es lo mismo.

Los primeros exámenes fueron una auténtica revolución para el sector. Llegaron por sorpresa y, a todos, y no exageramos, nos dejaron totalmente fuera de juego. A los transportistas sobre todo. De la noche a la mañana, salvo que tuvieran las tarjetas de transporte a su nombre o pudieran demostrar que habían dirigido de forma efectiva una empresa de transporte durante unos años, gente que había venido ejerciendo la actividad desde hacía tiempo, se vio fuera del transporte. Dejaron de ser transportistas.

La LOTT venía impuesta por nuestra integración en la Unión Europea (un año antes) y los exámenes de capacitación, junto con la exigencia de una capacidad económica y la honorabilidad, era un requisito que ya se venían cumpliendo en el resto de los Estados miembros.

No digo más que, a los primeros exámenes que convocó la Comunidad de Madrid, en el año 1988, tuvo que acudir la policía ante la situación, un tanto violenta y agresiva, que se había ido formando en el Colegio donde se estaban celebrando los exámenes.

Como ha sucedido hasta ahora, no eran necesarios requisitos previos para poder presentarse al examen. Ningún tipo de formación, titulación ni tan siquiera el haber asistido a una formación mínima. Tampoco estaba muy claro cuál iba a ser el temario del examen. Solo unas nociones: temas relacionados con la gestión de una empresa en general y de transportes en particular. Allí nos encontramos con preguntas sobre contabilidad, contratos de trabajo, impuestos, tipos de sociedades mercantiles, legislación en materia de transporte… Una auténtica locura. Una incongruencia. Un absurdo. Y pasó lo que pasó.

Con el tiempo, el sector ha ido asimilando que la capacitación profesional era un trámite más que había que cumplir para poder ejercer la profesión. Fomento lo ha ido poniendo relativamente fácil, no en lo que se refiere a los exámenes que no son nada fáciles, para poder acreditar la capacitación (os recuerdo el famoso alquiler de títulos) al menos a las sociedades mercantiles, no así a los autónomos a los que obligó, en la última revisión de la Orden Ministerial de Acceso a la profesión, a que tuvieran la capacitación a su propio nombre.

El nuevo ROTT exige una formación mínima para poder presentarse a los exámenes de capacitación

Llegados a 2018, Fomento tiene un proyecto de borrador de ROTT que quiere poner en marcha el 1 de julio. No sabemos cuánto se demorará, si es que se demora, después de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea contra el requisito de los tres camiones. Ahora hay que adaptar el ROTT a esta nueva imposición. Pero, lo que sí que está claro es que, el proyecto de ROTT prevé que solo puedan optar a estos exámenes los aspirantes que dispongan del título de bachiller o formación profesional de Grado Medio o bien título equivalente.

Está claro que la eliminación de la gran traba de los tres camiones por parte de Bruselas no va a dulcificar la actitud de Fomento en relación con este requisito, más bien al contrario. Si el único filtro de acceso a la profesión va a ser ya la capacitación profesional (competencia profesional) y disponer de un único camión nuevo (sobre la antigüedad del vehículo, la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea no dice nada, así que suponemos que Fomento la mantendrá), no creemos que Fomento vaya a rebajar este prerequisito para poder presentarse a los exámenes.

Eso sí, tanto sociedades como autónomos podrán seguir «alquilando» la capacitación profesional por medio de la contratación de un gestor de transporte, al que hay que contratar por jornada completa, categoría profesional adecuada a sus funciones de gerente, y con una enorme responsabilidad.

 

47 Comentarios

  1. Buenos dias, realice los estudios necesarios con ustedes para la obtencion del titulo de capacitacion de transporte. Actualmente me ha salido la oportunidad de aportar mi titulo a una sociedad y me gustaria saber cual es el % de la jornada minima que me tienen que dar de alta para que este dentro de la legalidad.

    • Buenos días. Para este tipo de consulta puedes ponerte en contacto con el departamento de fiscal de Fenadismer en el 915306976.
      Saludos

  2. Qué vergüenza, vamos que sólo van a tener oportunidad de sacarlo los que tengan bachiller, los que no lo tenemos y queremos trabajar como autónomo, nos comemos una mierda.
    Pero los políticos sin estudio alguno, esos si pueden estar en las instituciones y así como los que tienen títulos universitarios falsos.
    Que vergüenza de políticos tanto en España como en Europa, llena de malvados y corruptos ladrones.

    • Hola. Vivo en Noruega y soy autónomo transportista. Aquí no te piden ningún estudio mínimo para poder hacer los exámenes necesarios para la obtención de la capacitación profesional.
      Me sorprende que en España te exigen el bachillerato ó FP grado medio….como minimo!!!

      • Buenos días,

        Es el proyecto que hay. De momento, no se piden tampoco en España estudios mínimos para obtener el título de competencia profesional, solo, que no es poco, pasar el examen para ello. Lo puedes preparar en un centro o por tu cuenta.

    • Para que veas en vez de dar la oportunidad y facilitar para montar una empresa lo que conlleva «Dar dinero al estado»: Pagar autónomo, pagar impuestos de camiones, pagar seguros, gasto de gasóil, gasto de neumáticos, etc. En fin soltar dinero al País. Ellos lo que hacen es impedir esto pues nada yo deje de trabajar para estudiar para sacarme el titulo de transportista y nada pues el paro y ya ves sacando dinero del Estado 850 euros todos los meses que me pagan por no hacer nada bueno, estudiar en una academia el titulo pero ya ves podría estar ya soltando dinero al Estado y consecuencia a esto pues le estoy quitando yo el dinero al Estado con mi paro. ASÍ VA ESPAÑA AMIGOS.

      • Gracias por tu comentario Juan. Estamos de acuerdo contigo en que no es fácil montar una empresa en este país, de nada, pero desde luego de transporte tampoco. Y que el Estado no lo pone fácil seguro. No es que no ayude, es que a veces parece el «enemigo». Pero también creemos que es necesario poner unos requisitos mínimos para poder ejercer una actividad como el transporte. Es un proceso, el de ir cumpliendo requisitos (formación, inversiones, autorizaciones, etc.) que todos hemos tenido que hacer para ejercer la actividad que en cada caso se trate. Te deseamos suerte y que puedas pronto contribuir en «dar dinero al Estado», por el bien de todos.

  3. Hola, alguien me puede decir donde sacar el impreso para presentarme por libre al examen para la optener el título de transportista? Un saludo

    • Hola en 2006 obtuve el certificado de capacitación profesional para el transporte por carretera autonómico con ustedes, mi pregunta es, con este cambio me lo convalidan?, con algun nivel formativo o académico ya que es lo que piden para las nuevas convocatorias. Me gustaría tener respuesta Gracias.

      • Buenas tardes,

        No hay examen de competencia autonómico, aprobarais el que convoca la comunidad autónoma en la que residas, que es válido para todo el territorio nacional y para la UE. Como ya tienes reconocida la competencia profesional, o capacitación, no necesitas ninguna titulación académica ni similar. Es solo para los que se examinen desde la aprobación del ROTT y su entrada en vigor.
        Saludos,

  4. Hola, me han comentado que la capacitación solo es necesaria para tarjetas de transportes de servicio publico de mas de 3500 kg. ¿esto es asi? Gracias.

    • Efectivamente, hasta 3500 kg de MMA no es necesaria la capacitación profesional, o competencia profesional, pero sí la tarjeta de transportes, por lo que hay que acreditar el cumplimiento del resto de los requisitos que se piden para tenerla.

  5. Buenos días. Dos preguntas… 1_ a los transportistas autonomos se nos convalida el título de transportista(Lo tengo desde 1999) con lo de gestor de transporte( no nos hace falta contratar a nadie)?. 2- la formación profesional.(de 2000 horas) En un futuro se nos exigira? . Gracias .

    • Buenas tardes:
      1. El título de capacitación profesional es el equivalente a lo que ahora se llama título de competencia profesional de transporte.
      2. En todo caso se podrá exigir para acceder al sector no para los que ya están en el.
      Saludos

    • Buenas tardes,

      Si tienes el título de capacitación profesional antiguo (ahora competencia profesional) porque lo aprobaste en una convocatoria de 1999, sigue siendo válido ahora y siempre.
      En cuanto a la formación profesional, una vez que ya eres transportista y tienes el título de competencia profesional reconocido, no se te va a exigir. Puedes estar tranquilo.

  6. Hola,me gustaría saber si para la convocatoria de mayo(2019)si me exigen el bachillerato o no,o sea si esta en vigor o no la nuevas normativas.gracias

  7. Hola, para obtener el titulo de transportista para la convocatoria de mayo(2019)si me exigen el bachillerato o no.gracias

    • No podemos asegurar mientras no se apruebe la Ley pero previsiblemente en la de mayo no se podrá acceder sin bachillerato puesto que en algunas Comunidades Autónomas han hecho una convocatoria extraordinaria para marzo. Saludos

      • Buenas tardes para esta convocatoria de mayo estoy yo apuntado y me han dicho que no obligan a tener el bachillerato aún ya que no a salido la resolución del rott.

        • Buenas tardes, en la Comunidad de Madrid hay una convocatoria extraordinaria, cuyo plazo para apuntarse terminó el 23 de enero, en el que se mantienen las condiciones habituales, es decir, no se precisa de ninguna titulación. El examen previsiblemente será en marzo, pero se desconoce la fecha todavía.
          En adelante, no sabemos cómo va a funcionar todavía. Lo previsible será que sí se pida el título de Bachiller o equivalente (FP Grado Medio o Superior o titulación universitaria), pero cambia el sistema, deja de haber convocatorias. Los exámenes son electrónicos y «a demanda». Es decir, los interesados irán a inscribirse y a solicitar fecha de examen, que se hará exclusivamente por medios electrónicos. Está todo muy verde todavía, no nos han comunicado cómo se va a articular todo esto. Vamos a publicar un especial sobre el nuevo ROTT, en el que intentaremos despejar todas estas dudas.

          • En relación con este tema, hemos sabido que la Comunidad de Madrid va a mantener este año, las dos convocatorias habituales pero sí que va a solicitar el título de bachiller o equivalente. Pero, no lo tenemos por escrito, son solo informaciones que nos adelantan. Habrá que esperar a la convocatoria definitiva y ver qué requisitos piden.

  8. Buenas tardes.

    Tengo el titulo de capacitación alquilado con unas horas dado de alta, y quisiera consultar si a partir de que se apruebe la ROTT, me tendrían que dar de alta la jornada completa.

    un saludo.

    • Buenas tardes,

      Disculpa la tardanza en responderte pero queríamos tener el texto del ROTT que se va a publicar. Podrás seguir en esta situación actual hasta el 1 de julio de 2020, cuando tendrás que estar dado de alta a jornada completa y ejerciendo todas las funciones que se le atribuyen al gestor de transporte en el ROTT. Mientras tanto sí es obligatorio que cumplas (desde que se publique el ROTT y entre en vigor):
      A) Tener conferidos poderes generales para representar a la empresas en las operaciones propias de su tráfico ordinario, de forma exclusiva o solidaria o mancomunada con otros y debe constar este apoderamiento en el registro Mercantil o en un documento público (escrituras).
      b) Tener conferido poder de disposición de fondos para las operaciones propias del tráfico ordinario de la empresa sobre sus principales cuentas bancarias, de forma individual o conjuntamente con otros.
      Saludos,

      • La respuesta anterior se refiere al hecho de que prestes tu título de competencia a una «empresa» de transporte público. Si es a un autónomo, persona física, se simplifica la cuestión.
        En cualquier caso, cuando el texto esté publicado podremos despejar mejor todas vuestras dudas. Esperamos poder hacerlo en unos días.

    • Vamos conociendo algo más, si se lo tienes «alquilado» a una persona física, podrás seguir como estés ahora indefinidamente. Si dejas de prestárselo a ese transportista-persona física por los motivos que sea, y tiene que contratar a otra persona que le ceda la capacitación (o competencia) sí tendrá que darle de alta a jornada completa. Y en el caso de los autónomos que entren nuevos a partir de su entrada en vigor, lo mismo, tendrán que tener ellos la capacitación y si se la cede un tercero tendrán que darle de alta a jornada completa.

  9. Buenos días. Voy a comprar un camión de 8600kg pero sólo puede cargar 3200kg necesito el “título de transportista” o no me haría falta. Gracias

    • Sí lo necesitas, el límite de 3,5 Tn es de MMA, no de carga útil. Además, tu vehículo, con la propuesta de ROTT, que insistimos no está publicada todavía en el BOE, por lo tanto sigue siendo propuesta, necesitaría autorización de pesado y tendrías que cumplir los requisitos de transporte pesado.
      EL nuevo ROTT, cuando se apruebe y publique, plantea dos tipos de autorización, una de «ligero» hasta 3,5 Tn de MMA para la que no se necesita capacitación aunque sí autorización de transporte, y otra de «pesado» para todos los vehículos a partir de esa MMA, 3,5 Tn. Y una vez aprobado el ROTT, el paso siguiente tendría que ser modificar la Orden Ministerial que regula el otorgamiento de autorizaciones.
      Esperamos haberte ayudado.
      Saludos,

  10. Buenas noches,
    Me gustaría saber si ya en este año si posees el título de Técnico Superior en Logística y Transporte no hace falta presentarse al examen de Capacitación Profesional.
    Muchas gracias,

    • Buenos días,
      Efectivamente como aparece en la publicación del RD que modifica el ROTT:

      «Régimen de obtención del certificado de competencia profesional para el transporte por carretera
      1. Obtención del certificado de competencia profesional

      1.1 En aplicación de lo dispuesto en el artículo 8.7 del Reglamento (CE) 1071/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, por el que se establecen las normas comunes relativas a las condiciones que han de cumplirse para el ejercicio de la profesión de transportista por carretera, el órgano competente de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114.1 de este Reglamento expedirá el certificado de competencia profesional para el transporte por carretera, tanto en la modalidad de viajeros como de mercancías, a favor de las personas que estén en posesión del título de Formación Profesional de Técnico Superior en Transporte y Logística, establecido por el Real Decreto 1572/2011, de 4 de noviembre.»

      Por tanto efectivamente otorgan un certificado de competencia profesional a dichas personas.
      Saludos

  11. Hola tengo autorización de transporte y ejerciendo así desde el 2003 y mi mujer aporta el título de capacitación desde entonces , cambia algo para mi la entrada del nuevo rott

  12. Es decir, la capacitación que yo tengo desde el 2006 que es para vehículos ligeros hasta 3500k y ámbito autonómico me la convalidan para todo el territorio con la nueva normativa.
    Y otra duda cambiaría tipo de vehículo es decir de ligero a pesado… espero poder aclararme Gracias
    Un saludo

  13. Quién me puede aclarar la duda de la antigua capacitación profesional con la nueva ley:

    Es decir, la capacitación que yo tengo desde el 2006 que es para vehículos ligeros hasta 3500k y ámbito autonómico me la convalidan para todo el territorio con la nueva normativa.
    Y otra duda cambiaría tipo de vehículo es decir de ligero a pesado… espero poder aclararme Gracias
    Un saludo

    • Buenos días,
      No entendemos muy bien cuál es tu duda, por favor, ponte en contacto con alguna de nuestras territoriales para poder resolver las cuestiones que tengas.
      Saludos!

    • Buenas tardes

      Si te refieres a ligero (hasta 3500 Kg. de MMA), no hay problema porque no piden competencia profesional. Si te refieres a pesado, para acceder a las pruebas y poder obtener a tu propio nombre la competencia profesional tienes que tener bachillerato o equivalente. Esta exigencia es así desde 2019 con el nuevo ROTT.

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