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en
la
carretera
que invocó en su oferta y que esa disponibilidad
no se presuma: caso de no ser así, concurrirá en
causa de resolución de contrato por pérdida de
solvencia.
Como comentamos anteriormente, la Pro-
puesta de Directiva recoge la posibilidad de que
los poderes adjudicadores puedan realizar la
división de los contratos públicos en lotes, con
el fin de hacerlos más accesibles a las Pymes, y
si no lo hacen deberán explicar de manera espe-
cífica la decisión adoptada. Esto llevará a pro-
fesionalizar y dignificar la subcontratación,
pudiendo crear estructuras empresariales esta-
bles, mantener puestos de trabajo y carteras de
trabajo estable, y por ende, facilitar la “indus-
trialización” del sector de la construcción.
En definitiva, y en la práctica, debemos apro-
vechar la situación de crisis como una oportu-
nidad para cambiar. Cambiemos entonces lo
que no hemos sido capaces de cambiar hasta
ahora, asumiendo cada uno la responsabilidad
que tenemos en dicha tarea, tanto a nivel polí-
tico y legislativo, como a nivel empresarial y de
organizaciones empresariales.
ridad Social, Hacienda, empleados, etc., En este
sentido la subcontratación debe ser también de
interés para las Administraciones, en tanto eje-
cutores materiales de sus obras, de nuestras
obras, de todos los ciudadanos.
3. Se debe fomentar en los procesos de licita-
ción la acreditación de la solvencia con medios
externos, según lo establecido en el artículo 63
del Texto Refundido de la Ley de Contratos del
Sector Público (antes en el artículo 52 de la
Ley), de forma que se pueda, en fase de solven-
cia, concretar el nivel de subcontratación para
la ejecución de un contrato. De esta forma, los
subcontratistas aportados en fase de solvencia
figurarán en el contrato a formalizar tras la
adjudicación y no podrán ser sustituidos salvo
causas excepcionales sobrevenidas.
Europa avanza en este tema
La propuesta de Directiva del Parlamento
Europeo y del Consejo relativa a la contrata-
ción pública establece que los Estados miem-
bros podrán disponer que los subcontratistas
tengan la posibilidad de solicitar que el poder
adjudicador les pague directamente los sumi-
nistros, las obras y los servicios proporciona-
dos al contratista principal en el contexto de la
ejecución del contrato. También recoge la lici-
tación por lotes, a fin de fomentar la participa-
ción directa de las pequeñas empresas en la
obra pública. Estas dos medidas evidencian
cierta sensibilidad a nivel europeo, de la que
subyace la preocupación por la situación del
subcontratista.
Instrumentos legales de este tipo vendrán a
dignificar la figura del subcontratista, dignifica-
ción reclamada desde antaño por las organiza-
ciones que representamos, escasas veces escu-
chada -que no oída- por los representantes polí-
ticos. Pues bien, esta sensibilidad es la que debe
calar en los poderes políticos y legislativos esta-
tales, siendo incluso más incisivos en el futuro
proceso de trasposición de la citada Directiva.
A las propuestas anteriores, deberían adicio-
narse mecanismos de control en fase de ejecu-
ción a través de los órganos competentes -prin-
cipalmente responsabilizando a los directores
de obra- de que el adjudicatario de una obra ha
puesto efectivamente los medios de todo tipo
FENADISMER lleva un tiempo luchando por conseguir “la acción directa”, es decir, que un
subcontratista, en este caso una empresa de excavación, de movimiento de áridos, etc, pueda
dirigirse directamente contra la Administración contratante, en caso de impago de su contratista.
Esta posibilidad está recogida para las obras en el artículo 1.597 del Código Civil, pero, ha habido
mucha polémica y jurisprudencia sobre la aplicación de la misma en obra pública. Desde la última
modificación de la Ley de Contratos del Sector Público (finales de 2011) queda meridianamente
claro (lógicamente por voluntad política y por el peso de determinadas organizaciones que
representan a las grandes empresas) que “el subcontratista no puede accionar directamente contra
la Administración”. Antes había dudas, ahora está claro.
La acción directa
La crisis financiera, el descenso en la obra pública, la desaparición de la privada,... la atomización
del sector, todo contribuye a la situación dramática que atraviesa el sector de excavación
y movimiento de áridos, pero la inacción de la Administración y el dejar hacer a las grandes
constructoras en su imposición de condiciones abusivas han sido decisivas para el cierre
continuo y generalizado de este tipo de empresas.
“Las dimensiones y los efectos de la
crisis, se han visto notablemente
potenciados por la inacción, dejadez
y falta de eficacia demostrada por
los distintos Gobiernos y Adminis-
traciones para dar una solución real
a los plazos y las condiciones de
cobro en las que se ha desarrollado
la economía de nuestras empresas”