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as federaciones nacionales de transpor-
tistas han recurrido ante el Tribunal
Superior de Justicia la Resolución del
Gobierno de Cataluña que permite en sus
carreteras la circulación de camiones con
mayor tonelaje al permitido en el resto de
España. La resolución catalana pretende
dar una situación de privilegio a sus puertos
y aeropuertos en perjuicio de los del resto
del territorio nacional.
El pasado 13 de febrero, las federaciones
nacionales de transportistas que integran el
Comité Nacional de Transporte por Carrete-
ra, entre las que se encuentra FENADIS-
MER, han recurrido, como ya anunciaron en
su día que harían, la Resolución aprobada
por el Departamento de Interior de la Comu-
nidad Autónoma de Cataluña, por la que se
autoriza la circulación por las carreteras
catalanas de camiones con mayor tonelaje (44
toneladas de masa máxima) al permitido en
el resto del territorio nacional (40 toneladas).
Para las organizaciones de transportistas,
las razones de peso contra la medida unilate-
ral adoptada por el Gobierno catalán son las
siguientes:
1. Falta de competencia de la Generalitat de
Cataluña al vulnerar el reparto competencial
previsto en la Constitución Española en
materia de pesos y dimensiones de los vehí-
culos de transporte que corresponde en
exclusiva al Estado.
2. Infracción del Derecho comunitario al
vulnerar la Directiva europea 96/53/CEE, que
regula los pesos y dimensiones máximas de
los vehículos de transporte, además en frau-
de de ley por cuanto la resolución catalana se
fundamente en su carácter innovador desde
un punto de vista de la tecnología de los vehí-
culos autorizados a aumentar el tonelaje, lo
que es absolutamente falso, ya que los vehí-
culos que se pueden beneficiar de la medida
son todos aquellos matriculados a partir de
2006 y que, por lo tanto, incorporan tecnolo-
gías de hace más de 6 años.
3. La resolución catalana pretende dotar de
una situación privilegiada a los puertos,
aeropuertos y estaciones ferroviarias de la
Comunidad Autónoma para atraer más mer-
cancías a dichos destinos, para su posterior
trasvase a los vehículos de transporte por
carretera, a diferencia de lo que se puede
hacer en el resto del Estado.
Las organizaciones de transportistas consi-
deran que la resolución catalana impugnada
tiene un “efecto perverso”, ya que la aplica-
ción de la normativa catalana puede provocar
distorsiones en la competencia real entre las
empresas transportistas y en la ordenación
del sector del transporte por carretera.
Fenadismer recurre las
44 toneladas de Cataluña
Por carecer de competencias y romper la unidad de mercado
Observatorio de la Morosidad
Se reducen los plazos
de pago, aunque aún
están lejos de la Ley
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os plazos de pago se sitúan en 86 días de media,
incumpliendo la Ley de morosidad un 60% de los
clientes de los transportistas, constatándose una dis-
minución de los plazos de pago frente al mes anterior.
Para la obtención de los resultados del Observatorio,
FENADISMER, en colaboración con la Fundación
Quijote para el Transporte, lleva a cabo una encuesta
muestral de carácter continuo bajo los siguientes
parámetros:
Ámbito poblacional:
empresas transportistas titu-
lares de vehículos pesados de servicio público de
ámbito nacional.
Ámbito temporal:
encuesta permanente mediante
procesado de carácter mensual.
Diseño muestral:
en torno a 800 empresas transpor-
tistas. Información solicitada: modalidades de pago y
plazos de pago que perciben las empresas transportistas.
En relación a la encuesta llevada a cabo en el mes de
diciembre de 2012, los resultados obtenidos son los
siguientes:
1. Modalidades de pago: el medio de pago preferido
por los clientes de los transportistas continúa siendo
el pagaré (un 58%), seguido de la transferencia (un 19%),
el confirming (un 16%), y el cheque (un 7%).
2. Plazos de pago: el 60% de los pagos que se realizan
a las empresas transportistas por parte de sus clientes
incumplen la Ley 15/2010 al superar el plazo máximo
de 75 días a contar desde la realización del servicio.
Desde marzo de 2011, en que se inició el estudio de las
muestras que ha permitido poner en marcha el Obser-
vatorio, se ha ido manifestando una disminución en
los referidos plazos de pago frente a los 111 días de
media existentes en dicha fecha hasta los 86 días de
promedio en Diciembre de 2012, habiéndose producido
respecto al mes anterior una disminución en la demo-
ra en los pagos.
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en
la
carretera