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en
la
carretera
noticias
La Seguridad Social
trabaja ‘on-line’
Obligación de incorporarse al sistema NOTESS
ma de notificaciones telemáticas. Dicha obli-
gatoriedad es efectiva un mes después de reci-
bir la comunicación escrita por correo postal.
Inicialmente, sólo se tramitarán de forma
telemática las notificaciones relativas a
reclamaciones de deudas, providencias de
apremio o actos que estén en vía ejecutiva,
para, posteriormente y a lo largo del año, ir
incluyendo el resto de procedimientos (apla-
zamientos, por ejemplo).
Esto implica que todos los empresarios (os
reiteramos que afecta igualmente a los autó-
nomos, aunque no tengan trabajadores a su
cargo) tenéis que dirigiros a vuestra Tesorería
de la Seguridad Social, provistos de un lápiz de
memoria para que os descarguen el certificado
digital necesario para poder operar en inter-
net con la Administración. En la Seguridad
Social os darán de alta en el sistema NOTESS
y así podréis cumplir con esta obligación que
implica que a partir de ese momento cualquier
notificación de la Seguridad Social os llegará a
través de su página www.seg-social.es>>sedee-
lectrónica>>misnotificaciones, teniendo obli-
gación de entrar cada diez días ya que las noti-
ficaciones enviadas por la Seguridad Social
caducan a los diez días.
Por lo tanto, es importante acceder periódi-
camente a la Sede Electrónica para recibir
las notificaciones; disponer de un certificado
digital y comunicar el correo electrónico a
través de la sede electrónica.
T
odas las empresas, también los autóno-
mos, tienen obligación de darse de alta
en el sistema telemático NOTESS para poder
recibir todas las notificaciones de la Seguri-
dad Social por vía telemática. Y no es una
opción que puede elegir o no el empresario,
es una obligación.
La seguridad Social está comunicando esta
obligación por correo ordinario postal a
todos los empresarios que tienen la obliga-
ción de darse de alta en el sistema NOTESS
en el periodo del mes siguiente a la recepción
de dicha notificación
Durante el año 2013, la Seguridad Social va a
gestionar las notificaciones a las empresas,
también a los autónomos, a través de un siste-
ma telemático denominado NOTESS (estas
siglas son el significado de Notificaciones Tele-
máticas de la Seguridad Social), lo que implica
que todas las empresas, sociedades y personas
físicas o autónomos están obligadas a recibir
las notificaciones de forma telemática.
El empresario tiene la obligación de entrar
cada diez días en la página de la Seguridad
Social www.seg-social.es>>sedeelectróni-
ca>>misnotificaciones, por si ha recibido
alguna notificación de la misma, ya que a los
diez días caducan
Para ello, la Seguridad Social ha iniciado
un envío masivo mediante correo postal de
cartas a las empresas para comunicarles la
obligatoriedad de la utilización de este siste-
L
a Justicia da la razón a FENADISMER
frente a la Agencia Tributaria, que
puso en duda el hecho de que algunas acti-
vidades de transporte (mensajeros, repar-
tidores, etc.) tuvieran derecho a estar en el
epígrafe 722 del Impuesto de Actividades
Económicas, que es el que da derecho a
tributar en módulos tanto en el IVA como
en el IRPF. Ello motivó que abriera expe-
dientes sancionadores en algunas comuni-
dades autónomas, especialmente en Cata-
luña, y llegar a proponer sanciones supe-
riores a los 70.000 euros para algunos
transportistas al sacarles de los módulos y
aplicarles la Estimación Directa.
Pues bien, FENADISMER, a través de su
asociación territorial AGTC, recurrió
dichas actuaciones de la agencia tributa-
ria catalana. En mayo, la Sala de los Con-
tencioso Administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de Cataluña ha dicta-
do sentencia contraria a la agencia tribu-
taria y ha dictaminado que la actuación de
la misma no fue la mejor “porque no razo-
na en absoluto la conclusión a la que llega
de que corresponde incluir la actividad en
un epígrafe diferente a aquel por el que
hasta el momento venía actuando el sujeto
pasivo”. Y es más, asegura que el epígrafe
que corresponde al transportista es el 722
y, como consecuencia, su inclusión en el
régimen de módulos es correcta.
Recordamos además que esta actuación
de la Agencia Tributaria entraba en con-
flicto con Fomento, ya que Fomento exige
tarjeta de transporte a este tipo de vehícu-
los y para poder acceder a la tarjeta de
transporte es imprescindible estar dado de
alta en el epígrafe 722, que corresponde a
transporte de mercancías.
La Justicia
da la razón
a FENADISMER
Agencia Tributaria