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Versión de HTML Básico

Zubiri
BILBAO
VITORIA-GASTEIZ
PAMPLONA
SAN SEBASTIÁN
DONOSTIA
AP-1*:
Del km. 77,2 (Miranda de Ebro) al km. 0 (Burgos).
N-I*:
Del km. 319 (Miranda de Ebro) al km. 236 (Burgos).
- Dirección Burgos:
De 8 a 14 horas:
17 abril (J).
AP-1*:
Del km. 0 (Burgos) al 77,2 (Miranda de Ebro).
A-I/N-I*:
Del km. 157,5 (Aranda de D.) al km. 319 (Miranda de E.).
- Dirección Irún:
De 10 a 22 horas:
21 abril (L).
A-8*
Del km. 169 (Laredo) al km. 139,2 (Castro-Urdiales).
- Dirección Bilbao:
De 16 a 22 horas:
21 abril (L), domingos y festivos entre
el 6 julio y el 7 septiembre, 8 diciembre (L).
N-I / A-1
Del km. 352 (enlace N-622) al km. 336 (Treviño); y desde el km. 329 (Treviño) al km. 321 (lím. Burgos).
- Dirección Burgos:
De 17 a 22 horas:
16 abril (X), 30 abril (X), 24 julio (X), 30 julio (X).
De 10 a 15 horas:
117 abril (J), 1 mayo (J), 25 julio (J), 31 julio (J).
De 11 a 14 horas:
sábados, domingos y festivos entre el 31 de mayo y el 14 de septiembre.
- Dirección Vitoria-Gasteiz:
De 16 a 22 horas:
21 abril (L), 4 mayo (D), 15 agosto (V), 30 agosto (S), 31 agosto (D), sábados, domingos y festivos entre
el 31 de mayo y el 14 de septiembre.
N-I / A-1:
Del km. 321 (límite Burgos) al km. 329 (Treviño); del km. 336 (Treviño) al km. 352 (enlace N-622).
N-I:
Del 405,5 (límite Navarra Etxegarate) al km. 454,5 (enlace AP-8 / AP-1 Lasarte-Oria).
A-15:
Del km. 140 (límite Navarra) al km. 156,5 (enlace N-I).
AP-8:
Del km. 104 (Erletxe) al km. 0 (frontera francesa).
GI-20:
Del km. 15,5 (enlace AP-8 Aritzeta) al km. 0 (enlace AP-8 Errenteria).
GI-636:
Del km. 0 (enlace GI-20 Pasaia) al km. 17,2 (Behobia).
GI-11:
Del 0 (enlace N-I) al km. 2,5 (enlace GI-20).
N-121A:
Del km. 68,5 (límite Navarra) al km. 75 (Behobia).
- Dirección frontera francesa (solo afecta a transporte transfronterizo):
De
22 horas
de la víspera a las
22 horas
de los días: 20 abril (D), 21 abril (L), 1 mayo, 8 mayo (J), 29 mayo (J), 8 junio (D),
9 junio (L), 14 julio (L), 15 agosto (V), 1 noviembre (S), 11 noviembre (M), 25 diciembre (J), 1 enero (J) de 2015.
A-15*:
Del km. 134,5 (Gorriti) al km. 139,8 (Areso);
dir. Guipúzcoa.
A-1/N-I*:
Del km. 391 (Ziordia) al km. 405,5 (Alsasua);
dir. Álava/Guipúzcoa.
N-121-A*:
Del km. 65,5 (Bera) al km. 68,5 (Zaláin);
dir. Guipúzcoa.
N-121-B*:
Del km. 48,2 (Oronoz) al km. 73,2 (Dancharinea);
dir. frontera Francia.
N-135*:
Del km. 21 (Zubiri) al km. 66,5 (Luzaide);
dir. frontera Francia.
De las
22 horas
del día anterior a las
22 horas
: 20 abril (D), 1 mayo (J), 8 mayo (J), 29 mayo (J),
8 junio (D), 14 julio (L), 15 agosto (V), 1 noviembre (S), 11 noviembre (M), 25 diciembre (J).
De las 0 a las 22 horas: 21 abril (L), 9 junio (L).
N-135*:
Del km. 21 (Zubiri) al km. 66,5 (Luzaide);
dirección frontera.
De 7 a 19 horas:
todos los sábados entre el 19 julio y el 16 agosto.
A-8
Del km. 115 (enlace VSM) al km. 139 (lím. Cantabria).
- Dirección Cantabria:
De 17 a 22 horas:
16 abril (X), 30 abril (X), 27 junio (V), 24 julio (X), 30 julio (X), 5 diciembre (V).
De 10 a 15 horas:
17 abril (J), 1 mayo (J), 25 julio (J), 31 julio (J).
De 11 a 14 horas:
28 junio (S), sábados, domingos y festivos entre el 31 de mayo y el 14 de septiembre, 6 diciembre (S).
- Dirección Bilbao:
De 16 a 22 horas:
6 enero (L), 21 abril (L), 4 mayo (D), 15 agosto (V), 30 agosto (S), 31 agosto (D), sábados, domingos
y festivos entre el 31 de mayo y el 14 de septiembre, 8 diciembre (L).
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A-15
+
:
Del km. 134,5 (EE.SS. Pagocelai) al lím. Guipúzcoa;
dir. Guipúzcoa.
A-1/N-I
+
:
Del km. 391 (lím. Álava) al 405,5 (lím. Guipúzcoa);
dir. Álava/Guipúzcoa.
N-121-A
+
:
Del km. 65,5 (EE.SS. Bera) al lím. Guipúzcoa;
dir. Guipúzcoa.
N-121-B
+
:
Del km. 45 (Rotonda Arraioz) a la frontera;
dir. frontera Francia.
Solo afecta a transporte transfronterizo.
De
22 horas
de la víspera a las
22 horas:
20 (D) y 21 de abril (L), 1 (J), 8 (J) y 29 de mayo (J),
8 (D) y 9 (L) de junio, 14 de julio (L), 15 de agosto (V), 1 (S) y 11 (M) de noviembre
y 25 (J) de diciembre.
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A-8
AP-8
N-1
N-1
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A-15
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N-121A
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A-1 /N-1
GI-20 / GI-636 / GI-11
N-634
N-240
N-622
A-1/N-1
N-121B
N-135
N-622
Entre el km. 7,6 y el km. 4,5.
- Dirección Vitoria-Gasteiz:
De 17 a 22 horas:
30 julio.
De 10 a 15 horas:
31 julio.
N-240
Del km.11,2 al km. 43,1 (Vizcaya-Bizkaia); y desde el km. 23 al 5 (Álava-Araba).
- Dirección Vitoria-Gasteiz:
De 17 a 22 horas:
16 abril (X), 30 abril (X), 24 julio (X).
De 10 a 15 horas:
17 abril (J), 1 mayo (J), 25 julio (J).
- Dirección Bilbao:
De 16 a 22 horas:
21 abril (L), 4 mayo (D), 15 agosto (V), 30 agosto (S), 31 agosto (D).
Del km.11,2 al km. 43,1 (Vizcaya-Bizkaia); y desde el km. 23 al 10 (Araba).
- Dirección Vitoria-Gasteiz:
De 17 a 22 horas:
30 julio (X).
De 10 a 15 horas:
31 julio (J).
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Restricciones establecidas por la DGT
Restricciones establecidas por el País Vasco
+
Restricciones de Navarra
N-121A
PAÍS VASCO - NAVARRA
Resolución 452/2013 de 23 de diciembre, del Director General de Inte-
rior, publicada en el B.O. de Navarra núm. 6, de 10 de enero de 2014.
Modificada por la Resolución 19/2014 de 3 de febrero, publicada en el
B.O. de Navarra núm. 36, de 21 de febrero de 2014.
Mercancías peligrosas
Se prohíbe la circulación por todas las vías públicas de la Comunidad Foral
de Navarra a los vehículos que deban llevar los paneles naranjas de señaliza-
ción de peligro según el ADR, desde las 8 hasta las 24 horas los domingos y
los días festivos en todo la Comunidad Navarra (1 y 6 de enero, 19 de marzo,
17, 18 y 21 de abril, 1 de mayo, 15 de agosto, 1 de noviembre, 3, 6, 8 y 25 de
diciembre). Existen exenciones recogidas en el ADR. Se deben utilizar las
carreteras incluidas en el RIMP; otros itinerarios deben ajustarse a las nor-
mas establecidas al respecto.
Vehículos de transporte de mercancías de más de 7.500 kg de MMA
Dando continuidad de las restricciones en Francia y Comunidad Autónoma
Vasca, se establecen restricciones en fechas específicas, que solo afectan al
transporte transfronterizo. Se prohíbe la circulación de los vehículos de más
de 7.500 kg de MMA desde las 22 del día anterior a las 22 del día festivo, los
días 1 de enero, 20 y 21 de abril, 1, 8 y 29 de mayo, 8 y 9 de junio, 14 de julio, 15
de agosto, 1 y 11 de noviembre, y 25 de diciembre, por las vías indicadas en el
mapa adjunto. La anterior prohibición no se aplicará de modo permanente,
sin necesidad de solicitar exención, a: transporte de animales vivos; mercan-
cías perecederas; vehículos en carga para la instalación de ferias, exposicio-
nes y espectáculos, manifestaciones deportivas, culturales, educativas o polí-
ticas; transporte exclusivo de prensa; transporte de correo y telégrafos; uni-
dades móviles de medios de comunicación audiovisual; vehículos especial-
mente construidos para la venta ambulante de los productos transportados;
vehículos de atención de emergencias; vehículos en vacío, relacionados con
los transportes mencionados anteriormente. Y vehículos grúas que realicen
labores de asistencia a vehículos averiados o accidentados, en el lugar del
suceso o en el traslado al punto más próximo a aquel donde pueda quedar
depositado y el regreso en vacío; vehículos de apoyo o de transporte de mate-
rial necesario para realizar labores de reparación de instalaciones básicas de
servicios de primera necesidad (tendido eléctrico, gas, agua, telefonía, fibra
óptica para comunicaciones); vehículos que transporten fundentes para el
mantenimiento de la vialidad de las carreteras en periodo invernal; maqui-
naria de servicios automotriz y grúas de elevación en casos de urgente e
inmediata presencia en el lugar del suceso cuando el servicio esté vinculado
a una autorización complementaria de circulación, debiendo cumplir la obli-
gación de aviso contemplada en el condicionado de dichas autorizaciones.
Vehículos que precisan autorización complementaria de circulación y
vehículos especiales que no precisan autorización complementaria
Se prohíbe la circulación por las vías públicas a los vehículos que requieran
para circular una autorización especial por exceder las masas o dimensiones
máximas los sábados, desde las 13 hasta las 24 horas, los domingos desde las
00:00 hasta las 24:00 horas, y los días festivos en todo el territorio de la Comu-
nidad Foral, desde las 0 hasta las 24 horas, y vísperas de esos festivos desde
las 13 hasta las 24 horas. A los vehículos especiales de obras, servicios o
maquinaria agrícola, con o sin autorización complementaria de circulación,
les será aplicable las restricciones y exenciones correspondientes a los vehí-
culos de mercancías en general.
N A V A R R A
N-634
Del km. 107 al km. 136 (lím. Cantabria).
- Dirección Cantabria:
De 17 a 22 horas:
16 abril (X), 30 abril (X), 27 junio (V),
24 julio (X), 30 julio (X), 5 diciembre (V).
De 10 a 15 horas:
17 abril (J), 1 mayo (J), 25 julio (J), 31 julio (J).
De 11 a 14 horas:
28 junio (S), 6 diciembre (S).
- Dirección Bilbao:
De 16 a 22 horas:
6 enero (L), 21 abril (L), 4 mayo (D),
15 agosto (V), 30 agosto (S), 31 agosto (D), 8 diciembre (L).
Laredo
A-8
2014
Restricciones