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En mayo, previsiblemente, estará publicado el texto definitivo que recoja
las nuevas normas en el otorgamiento de autorizaciones de transporte.
Son varios los aspectos del nuevo régimen los que no convencen
en absoluto a FENADISMER porque suponen un claro ataque, no sólo
a la supervivencia de los autónomos y pequeñas empresas que ya están
en el sector, sino que impide absolutamente la entrada de nuevos
autónomos. Y nosotros nos preguntamos, ¿por qué?
L
a propuesta que el Ministerio de
Fomento ha remitido a las asociacio-
nes para modificar el actual régimen
de otorgamiento de autorizaciones incluye
alguna novedad destacada, como dejar com-
pletamente al margen a los vehículos “ligerí-
simos” de hasta 3,5 Tn. de MMA; convertir en
pesados todos los demás vehículos de trans-
porte de mercancías o supeditar la transmisi-
bilidad de las autorizaciones a que el que la
adquiera disponga también de tres vehículos
(con la salvedad de la transmisión de la
empresa a los herederos forzosos).
Según se señala en su preámbulo, la inten-
ción de la norma es equiparar las condiciones
de acceso al mercado de los transportistas,
con independencia de las características de
los vehículos utilizados, con la única excep-
ción de los vehículos ligerísimos (los que ten-
gan una MMA no superior a 3,5 Tn.), a cuyos
titulares se les exime de cumplir algunos
requisitos, como el escollo hasta ahora insu-
perable para muchos de la capacitación pro-
fesional (o competencia profesional, que nun-
ca nos acostumbraremos al nuevo nombre).
Las principales novedades que introduce el
proyecto de Orden son las siguientes.
La antigüedad de los vehículos
Otro asunto espinoso en el nuevo régimen
de otorgamiento de autorizaciones que está
preparando el Ministerio de Fomento es todo
lo referente a la antigüedad de los vehículos.
Y es que el diseño que ha hecho el Ministerio
de Fomento en lo referente al otorgamiento
de nuevas autorizaciones impide y mucho el
desarrollo de la actividad de los autónomos y
de las pequeñas empresas desde el momento
que entre en vigor.
Vamos a lo que quiere Fomento en relación
con la antigüedad de los vehículos.
Para las sustitución de vehículos: a partir
del 1 de Enero de 2015, el transportista que
desee sustituir un vehículo que actualmente
posee (no estamos hablando de ampliar flota)
deberá obligatoriamente sustituirlo por uno
de menor antigüedad, lo que implica que ya
no podrá acogerse a la actual fórmula de
computar la antigüedad media de seis años
de la flota.
•NOVEDAD•
En el caso de la ampliación de
flota: desde el 1 de enero de 2015 desaparece la
actual fórmula de computar la antigüedad
media de la flota que se posee, incluido el que se
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en
la
carretera
autorizaciones
normativa
Los autónomos no
gustan en Fomento
Se abre la puerta a la transmisibilidad de las autorizaciones pero
condicionada a que se incremente la flota a tres vehículos; en caso de que
el adquirente no dispusiera de los tres vehículos se aplica el mismo criterio
en relación con la antigüedad que en el caso de ampliación de flota