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en
la
carretera
Transmisibilidad
de las tarjetas de transporte
El dedo en el ojo de la reforma, superado ya
el shock de la transformación en pesados de
los hasta entonces ligeros vehículos de menos
de 3,5 Tn. de carga útil y la no necesidad de
competencia profesional para los ligerísimos,
ha sido desde el principio la nueva regla de la
Para la sustitución de vehículos
se admitirán según esta última
propuesta vehículos nuevos
o bien más modernos que
el vehículo al que sustituyen
Para ampliar flota ya no habrá que computar
la antigüedad media, sino que se tendrá en
cuenta que el nuevo vehículo sea de menor
antigüedad que el más moderno que ya se
tenga, o bien que los nuevos vehículos que se
incorporen estuvieran adscritos a otra
autorización, de transporte público o privado
que se da de baja.
amplía (con los seis años de límite), por lo que
a partir de dicha fecha solo se podrá ampliar si:
1. El nuevo vehículo es de menor antigüedad
que el de menor antigüedad de los vehículos
que posee el transportista en la actualidad.
2. El vehículo o vehículos con los que amplía
la flota estuvieran antes adscritos en su tota-
lidad a otra autorización de transporte públi-
co o privado, siempre que el anterior titular
dé de baja la autorización de transporte.
•NOVEDAD•
Y finalmente, en relación con
la transmisibilidad de las autorizaciones y la
disponibilidad de un mínimo de tres vehícu-
los, para ello la nueva regulación por la que
se exigirá que el adquiriente de una autoriza-
ción de transporte tenga que completar nece-
sariamente la flota hasta los tres vehículos, se
retrasará su entrada en vigor hasta junio de
2015. En relación con la antigüedad de los
vehículos adicionales para llegar al mínimo
de tres, tendrán que tener menos antigüedad
que la antigüedad que tuviera el vehículo o
vehículos del transmitente de la autorización.