Página 15 - numero71

Versión de HTML Básico

16
en
la
carretera
la actual propuesta puede realizarse si se
cumplen los siguientes requisitos:
1. Que el cedente de la autorización sea titu-
lar de la misma con una antigüedad mínima
de diez años (esta antigüedad mínima no se
aplica si la cesión la hace un autónomo, una
persona física, a una sociedad).
2. Si el adquirente es un autónomo (persona
física) deberá poseer obligatoriamente el
requisito de capacitación profesional a su
propio nombre.
3. El adquirente de la autorización estará
obligado a disponer de tres vehículos y si no los
tiene debe incorporar los que le falten hasta lle-
gar al mínimo de tres que no pueden sobrepa-
sar la antigüedad del vehículo de menor anti-
güedad que tuviera el que transmite la autori-
zación junto con el vehículo o vehículos.
Hasta 3,5 Tn de MMA es ligero
El transporte ligero (autorización MDL) es
el que se realiza en vehículos de hasta 3’5
toneladas de masa máxima autorizada. Para
acceder a dicho ámbito del transporte, basta-
rá acreditar que se posee un solo vehículo que
no supere los cinco meses de antigüedad, exi-
miéndose de cumplir el requisito de capacita-
ción profesional (título de transportista).
Hasta ahora, para acceder al ligero se nece-
sita disponer de un único vehículo con una
antigüedad inicial máxima de cinco meses. Y
hasta hace unos meses, debían además acre-
ditar disponer de competencia profesional,
capacidad económica, honorabilidad…
Más de 3,5 Tn. de MMA es pesado
Para acceder al sector con vehículos de más
de 3,5 Tn. de MMA, pero de Carga Útil no supe-
rior a 3,5 Tn (la tarjeta MDL Superior actual),
nos encontramos con que se les trata como a
pesados desde julio de 2013, por lo que se pre-
cisan mínimo tres vehículos, con no más de
cinco meses de antigüedad y que sumen 60
toneladas de carga útil. Esto será sólo hasta el
1 de enero de 2015, pues a partir de entonces
estos vehículos serán pesados de pleno dere-
cho y se les aplicarán las mismas normas que
a los pesados de más de 3,5 Tn. de carga útil. Es
decir, se dejarán de precisar las 60 toneladas,
aunque sí todo lo demás (capacitación profe-
sional, capacidad económica y honorabilidad).
El transporte pesado
(autorización MDP) es el que se
realiza en vehículos de más
de 3’5 toneladas de masa
máxima autorizada
Hay normas, limitaciones, en la propuesta de
Fomento que sólo afectan a las personas
físicas, pero no a las sociedades mercantiles,
por eso FENADISMER considera que la
norma, si se aprueba tal cual, puede ser ilegal
y susceptible de ser recurrida.
autorizaciones
normativa