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ENADISMER puso en marcha el pasado
mes de julio el Observatorio Permanente
de la Morosidad y los Pagos en el Sector del
Transporte por Carretera, con la finalidad de
conocer mensualmente la evolución de las
formas y plazos de pago en nuestro sector, y,
en consecuencia, verificar el grado de cum-
plimiento de la vigente legislación en materia
de morosidad en las relaciones comerciales,
concretamente la Ley 15/2010, la cual estable-
ce que, legalmente, durante este año 2012, el
plazo máximo de pago será de 75 días desde la
fecha de prestación del servicio, plazo que se
verá rebajado a 60 días a partir de 2013.
Para la obtención de los resultados del
Observatorio, FENADISMER, en colabora-
ción con la Fundación Quijote para el Trans-
porte, está llevando a cabo una encuesta que
arroja los siguientes resultados en el mes de
septiembre:
1.
Modalidades de pago: el medio de pago
preferido por los clientes de los transportistas
continúa siendo el pagaré (un 63%), seguido de
la transferencia (un 15%), el confirming (un
12%) y el cheque (un 10%).
2.
Plazos de pago: el 71% de los pagos que se
realizan a las empresas transportistas por
parte de sus clientes incumplen la Ley de
Morosidad, al superar el plazo máximo de 75
días a contar desde la realización del servicio.
Desde marzo de 2011, en que se inició el estu-
dio de las muestras que ha permitido poner
en marcha el Observatorio, se ha ido mani-
festando una disminución en los referidos
plazos de pago frente a los 111 días de media
existentes en dicha fecha hasta los 100 días de
promedio en septiembre de 2012, aunque res-
pecto al mes anterior se observa un repunte
en la demora en los pagos. En relación con
quién son los peores pagadores, no hay ningu-
La media de pagos del transporte
se sitúa en cien días
Desde el 1 de julio
na duda: las Administraciones públicas, que
siguen siendo una auténtica lacra para la
supervivencia de muchas pequeñas y media-
nas empresas, por no hablar de los autóno-
mos. Si tienen que pagar a 40 días, como les
impone la Ley, lo están haciendo en la actua-
lidad a 108 días. Y, además, con premedita-
ción, porque ya en las condiciones que pacta
con sus proveedores impone el plazo ilegal de
72 días de media para pagar.