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en
la
carretera
2014 año de visado
El fin de las autorizaciones suspendidas
D
urante este año 2014, las empresas de
transporte de mercancías titulares de
autorizaciones de servicio público, tanto en
vehículo ligero (MDL) como en vehículo pesa-
do (MDP), y los Operadores Intermediarios de
Transporte (OT) tendrán que realizar el Visa-
do de las autorizaciones de transporte que
tengan en vigor.
El visado se realiza dentro del mes natural
que corresponde a la empresa en función del
último dígito del NIF (si es autónomo) o CIF
(si es sociedad). Así tenemos el siguiente
orden para proceder al visado de las autoriza-
ciones en 2014:
Enero: 1
Junio: 6
Febrero: 2
Julio: 7
Marzo: 3
Septiembre: 8
Abril: 4
Octubre: 9
Mayo: 5
Noviembre: 0
Para realizar el visado hay que aportar
documentación acreditativa de que se cum-
plen las condiciones que justificaron el otor-
gamiento de las autorizaciones de transporte
o de operador, que son: justificación del cum-
plimiento de los requisitos de competencia
profesional, capacidad económica y honorabi-
lidad, así como que la empresa se encuentra al
corriente de sus obligaciones sociales y fisca-
les, junto con la documentación actualizada
de sus vehículos de transporte en el caso de
las empresas transportistas.
Requisitos
Cabe recordar que este año 2014 ya no está
en vigor el régimen excepcional de suspen-
sión parcial de autorizaciones para vehículos
que se encuentren inactivos, por lo que en
caso de no acreditar la documentación en
vigor de algún vehículo de transporte se per-
derá definitivamente la autorización del mis-
mo, sin posibilidad de rehabilitación.
Para el visado de este año, y como conse-
cuencia de lo establecido en el Reglamento
europeo 1071/2009 sobre requisitos de acceso a
la actividad de transporte, las empresas trans-
portistas, tanto autónomos como sociedades,
deberán continuar acreditando que disponen
de un establecimiento fijo y efectivo, en los
que conserven los documentos principales de
la empresa (contable y facturación, tiempos
de conducción, documentos de control y la del
personal).
Por último, cabe recordar que para el visado
de 2014 aún no será exigible que las empresas
transportistas acrediten el requisito de dispo-
ner de dirección y firma electrónica, así como
equipamiento informático adecuado previsto
en la reforma de la LOTT aprobada el pasado
mes de julio, ya que dicho requisito sólo se
exigirá para las empresas transportistas con
ocasión del visado de 2016. No obstante, las
nuevas empresas transportistas que acceden
al sector desde el pasado 25 de julio de 2013,
fecha en que entró en vigor la reforma de la
LOTT, sí deberán acreditar el cumplimiento
de dicho requisito.
FENADISMER la ha denunciado por discriminatoria
Reino Unido impone una tasa
a los camiones el 1 de abril
E
l próximo día 1 de abril, el Reino Unido
introducirá un nuevo impuesto para los
transportistas extranjeros con vehículos a par-
tir de 12 toneladas de MMA que utilicen la red
de carreteras públicas en Inglaterra. De 2,07
euros a 12,20 euros en función de los ejes y tipo
de vehículo. Una Euroviñeta en toda regla.
Sólo se aplicará a los vehículos de más de 12
toneladas de MMA extranjeros, no a los vehí-
culos británicos, lo que contraviene de forma
expresa la normativa comunitaria sobre la
aplicación de este tipo de tasas por uso de
infraestructuras.
La aplicación de esta tasa exclusivamente a
los transportistas extranjeros con vehículos
de a partir de 12 toneladas, ha sido denuncia-
da por FENADISMER ante la Comisión
del Reino Unido, por considerar las autorida-
des británicas que éstos contribuyen ya al
mantenimiento de las carreteras mediante el
pago del Impuesto de Circulación.
La nueva tasa diaria es aplicable desde las
00.00 horas hasta las 23.59 horas, denominada
HGV Levy, cuyo importe oscila entre 1,70
libras (unos 2,07 euros) la tarifa mínima y 10
libras (unos 12,20 euros) la tarifa máxima, en
función del tipo de vehículo, número de ejes
y peso. Se asemeja, por tanto, a las tradicio-
nales Euroviñetas vigentes en otros países.
Pago anticipado
La tasa debe ser abonada con anterioridad
a la entrada en Inglaterra, bien mediante el
pago anticipado por internet empleando tar-
jetas de crédito o débito (se admiten algunas
tarjetas de combustible) o bien de forma
manual mediante tarjeta o efectivo en alguno
de los puntos habilitados en algunas termi-
nales de ferry. El pago puede ser por día, si
bien se operan ligeros descuentos en los
supuestos de pago por adelantado por sema-
nas completas, meses o años.
Europea por resultar claramente discrimina-
toria, pues se obliga a soportar el coste por el
uso de infraestructuras sólo a estos usuarios
extranjeros, dejando fuera a los trasportistas