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en
la
carretera
L
a exigencia por parte de las autoridades
alemanas de que todos los trabajadores
de todos los sectores –incluido el transporte,
sean de empresas alemanas o no– que pres-
ten sus servicios en Alemania acrediten el
cobro de al menos el salario mínimo ha
levantado y sigue levantando muchas ampo-
llas, aunque el hecho de que haya quedado
suspendido para los trayectos en tránsito ha
devuelto cierta tranquilidad al sector.
Pero no hay duda de que hay una tendencia
en diferentes estados de la Unión Europea a
poner límites a los abusos que del cabotaje
algunos están haciendo, perjudicando los
mercados interiores.
Política común
Pero la solución no puede pasar porque
cada Estado miembro imponga sus propias
normas al margen de los demás, deberá esta-
blecerse una política común de limitaciones
y control, que hasta ahora no hay y que es
difícil compatibillizar con el hecho de ser un
mercado único sin barreras a la circulación
de personas ni mercancías. Y eso está muy
bien, salvo cuando te tocan la economía,
como está sucediendo ahora en Alemania
Francia, España... y por diferentes motivos.
La fijación de un salario mínimo para
poder trabajar en Alemania implica serias
dificultades para las empresas españolas de
transporte. El principal es la obligación de
documentar en alemán toda la planificación
de la actividad laboral de los conductores y
notificarla a las autoridades alemanas antes
de la realización de cualquier servicio de
transporte, además de la obligatoriedad de
conservar esa documentación durante dos
años para su inspección y verificación a dis-
posición de los servicios aduaneros.
Esta exigencia, que casi imposibilita el hacer
transportes a, desde o en Alemania, motivó a
la Eurodiputada española, Izaskun Bilbao
Barandica, a plantear una pregunta parlamen-
taria a la Comisión Europea, en la que denun-
ciaba que la nueva regulación alemana impo-
ne “onerosas cargas y requisitos burocráticos
a las empresas de transporte que quieran ope-
rar allí”, por lo que solicitaba que la Comisión
Europea estudiara “la compatibilidad de esta
norma con los principios de competencia y
libertad de movimiento de bienes y servicios
que caracteriza el espacio comunitario”, por lo
que instaba a que se retrasase la entrada en
vigor de dicha norma.
Limitar el dumping social
La Eurodiputada española, como FENA-
DISMER, comparte la necesidad de limitar
mediante este tipo de medidas el dumping
social, instando a que se promueva una nor-
ma europea que persiga estos fines ya que a
su juicio “el intento no tendrá éxito si se arti-
cula mediante iniciativas unilaterales como
las adoptadas, por ejemplo, por Bélgica,
Francia (con la prohibición de dormir en el
camión) y ahora por Alemania”.
Además, el Ministerio de Fomento ha plan-
teado la misma cuestión a los Directores
Generales de Transporte y Mercado Interior
de la Comisión Europea alertando de las con-
secuencias de la aprobación unilateral de
dicha exigencia y la necesidad de defender de
forma efectiva el Mercado Interior.
La Comisión Europea confirmó la apertura
de un procedimiento en enero contra Alema-
nia para estudiar el impacto y la aplicación
de dicha medida así como su compatibilidad
con la normativa europea, lo que dio lugar
pocos días después a que las autoridades ale-
manas suspendieran la exigencia de un sala-
rio mínimo (8,5 euros/hora) para poder traba-
jar en su territorio, pero sólo a los transpor-
tes en tránsito, por lo que los demás trans-
portes que se hagan con Alemania tendrán
que cumplir las exigencias descritas.
El salario mínimo en Francia
La ley francesa que fija un salario mínimo a los conductores de empresas extranjeras
que realicen cabotaje en Francia no ha entrado en vigor ni lo va a hacer de forma
inmediata (ni siquiera está aprobada en el momento de cerrar esta edición).
Cuando entre en vigor, sólo será de aplicación a los transportes de cabotaje (inte-
riores) que se realicen en Francia, no será de aplicación ni a los transportes interna-
cionales con origen o destino en Francia ni a los transportes en tránsito.
El proyecto de ley que se está tramitando, y que podría sufrir modificaciones, esta-
blece la obligación para las empresas que no sean francesas, que pretendan realizar
transportes interiores en Francia, de presentar antes de cada servicio una declara-
ción al Departamento de Trabajo francés competente, y, además, que designen un
representante en Francia a efectos de responder ante las autoridades francesas.
El incumplimiento de la nueva regulación daría lugar a una multa por cada asala-
riado de 2.000 euros, que se ampliaría a 4.000 euros en caso de reincidencia. Dicha
multa sería impuesta tanto a la empresa transportista como a la empresa cargadora
o intermediaria que contrató a la empresa transportista.
Salario mínimo en Alemania
El abuso del cabotaje es un
problema en todos los Estados
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