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en
la
carretera
L
a siniestralidad ha subido en los últimos
meses contradiciendo la línea descenden-
te de los últimos años. Por eso, y conscientes
de que la velocidad inadecuada es uno de los
factores que más influyen en la siniestralidad
(en su incidencia, gravedad grado de lesión
de las víctimas), la DGT va a poner en marcha
nuevas medidas en relación con los controles
de velocidad realizados por los radares, tanto
fijos como móviles.
La mayor parte de accidentes por velocida-
des inadecuadas se produce en las carreteras
convencionales: en 2014, ocho de cada diez
fallecidos en accidentes de tráfico se produje-
ron en las carreteras convencionales (con cer-
ca de 900 víctimas mortales en este tipo de
vías). Por ello, la DGT pone en marcha las
siguientes medidas:
1.
Tolerancia 7: el umbral de tolerancia con
el que actúan los radares, con independencia
de la zona geográfica por la que se circule va
a ser de:
7 km/h cuando el límite sea inferior a los
100 km/h.
7% si la velocidad permitida es superior a
esa velocidad.
El motivo de aplicar 7 km/h de exceso por
defecto no es otro que la dificultad técnica de
los radares de detectar excesos más pequeños,
por ejemplo, si el límite es 40 km/h y se aplica
el 7% –hablamos de 42,8 km/h–, prácticamente
ningún radar detecta una franja de exceso tan
pequeña. Y se ha fijado en siete porque es el
límite de exceso que detectan los radares más
antiguos; los más nuevos de los que dispone la
DGT parten del 3% de tolerancia de exceso.
2.
Radares visibles: como el objetivo no es la
recaudación sino la reducción de la siniestra-
lidad, afirma la DGT, y para ello es vital que se
reduzca la velocidad en las carreteras conven-
cionales (que se respeten los límites por tipo
de vía y de vehículo y además que se adecúen
a las circunstancias de la vía, meteorológi-
cas…), la DGT va a publicar periódicamente
en su web (
) los 1.200 tramos de
vías en los que se intensificará la vigilancia
de la velocidad con los radares móviles. Infor-
mación disponible para todos los conductores
y para los proveedores de navegadores que
podrán actualizar sus aplicaciones.
Los criterios de ubicación de los radares
móviles se han movido por los accidentes gra-
ves producidos en ese tramo, con víctimas
mortales o heridos que precisen hospitaliza-
ción; número de accidentes en general y la
información de la velocidad media de circula-
ción en esos tramos.
Además, dentro de esta política de transpa-
rencia, los radares serán visibles para los con-
ductores porque se persigue la disuasión y la
prevención.
3.
Diferenciación de tipos de vehículos: los
radares van a empezar a distinguir por tipo de
vehículo, será en unos meses, ya que turismos y
motocicletas tienen unos límites de velocidad y
los camiones, autobuses y furgonetas otros. Los
radares hasta ahora solo detectan los excesos de
velocidad superiores a la velocidad máxima de
la vía, pero no del tipo de vehículo que pasa.
Recientemente, la DGT ha realizado un con-
trol en camiones y furgonetas y el exceso de
velocidad es una de las infracciones más
comunes entre los conductores de furgonetas,
que en gran medida no son conscientes de que
no cuentan con los mismos límites de veloci-
dad que los turismos, sino que están reduci-
dos. Así nos encontramos con que las veloci-
dades máximas para camiones, vehículos arti-
culados, tractocamiones, furgones y automó-
viles con remolque hasta 750 kg. son las
siguientes según el tipo de vía:
Autopista y Autovía:
90 km/h
Carreteras Convencionales:
80 km/h
Resto de vías fuera de poblado:
70 km/h
Vías urbanas y travesías:
50 km/h
Vehículos que transporten mercancías peli-
grosas en vías urbanas y travesías:
40 km/h.
Los radares actuales están programados
para detectar excesos de velocidad sobre las
velocidades máximas permitidas por tipo de
vía a los turismos, es decir, 120 km/h, 100
km/h y 90 km/h, respectivamente, en la rela-
ción de tipos de vía señalados anteriormente.
Esto ha podido conllevar que, excesos sobre
su velocidad máxima genérica por tipo de
vehículo y vía, pero no sobre la máxima para
turismos, hayan quedado sin sancionar.
Posiblemente, pensamos, esto habrá sido
más frecuente en el caso de furgonetas, que
circulan con harta frecuencia a los mismos
límites de velocidad que los turismos, que con
los camiones que van tarados con el limitador
de velocidad.
4.
ITV y seguros obligatorios: todas las infrac-
ciones detectadas por los radares móviles cuan-
do no se produzca parada para la identificación
del conductor se tramitarán en el centro Estra-
da, donde además de tramitar la infracción por
exceso de velocidad se comprobará si el vehícu-
lo infractor cuenta con la ITV en vigor y dispo-
ne del seguro obligatorio.
En el caso de las sanciones cometidas por los
conductores profesionales, la DGT informará
a la Dirección general de Transporte del
Ministerio de Fomento para que se realicen
las inspecciones que procedan en las empre-
sas en las que esos conductores prestan sus
servicios.
La DGT ha anunciado la próxima puesta en
marcha de ITV móviles, es decir, vehículos
dotados del equipamiento necesario para
hacer una ITV en situ a los vehículos indus-
triales y comerciales (especialmente del esta-
do de los neumáticos y de la carga).
5.
Y además: Tráfico tiene previsto instalar
30 radares de tramos, mayoritariamente en
vías convencionales, en los próximos meses.
Se trata de radares que sustituirán a otros
fijos instalados en otras vías. La DGT cuenta
con 850 equipos de medición de la velocidad y
no se prevé que se vayan a aumentar.
Proyectos de Tráfico para
disminuir la siniestralidad
AJUSTE DE LOS RADARES
Limitación de velocidad
(genérica o específica)
30
40
50
60
70
80
90
100
110
120
Velocidad de activación del radar
38
48
58
68
78
88
98
109
120
131
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