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e esta forma, la comunidad autónoma
cántabra se suma a la iniciativa aproba-
da por Navarra en 2014. Por su parte, Casti-
lla-León lo rebaja en casi un 70%. En total,
seis Comunidades Autónomas no aplican ya
dicho recargo. FENADISMER se felicita de
las decisiones adoptadas por los Gobiernos
autonómicos de Cantabria y de Castilla-León
en relación al impuesto autonómico sobre los
carburantes, anteriormente denominado
céntimo sanitario, que gravaban los carbu-
rantes consumidos en dichas regiones. En el
caso de la comunidad cántabra, se suprime
íntegramente a partir del 1 de enero de 2015 y
en la Comunidad castellano leonesa se reba-
ja de 4,8 a 1,6 céntimos por litro.
Entre los motivos aducidos para adoptar
dicha decisión se encuentra la situación de
desventaja competitiva en que se encontra-
ban frente a otras regiones limítrofes en las
que no se aplicaba dicho impuesto, en con-
creto, País Vasco, La Rioja, Aragón y Nava-
rra. En el caso de ésta última, decidió elimi-
nar el impuesto establecido inicialmente des-
de el año 2014.
FENADISMER ha venido manifestando rei-
teradamente su rechazo al establecimiento
de dicho recargo autonómico que supone
hasta 4,8 céntimos por litro de carburante
consumido, ya que crea distorsiones en la
competencia a las empresas transportistas,
las cuales tratan de evitar la aplicación de
dicho impuesto repostando en estaciones de
servicio situadas en las regiones donde no se
aplica el mismo. El perjuicio para las arcas
de las comunidades autónomas que aplican
el impuesto es doble, ya que por un lado
recaudan menos, puesto que venden menos,
y de lo que no venden tampoco reciben el 58%
del impuesto estatal de hidrocarburos (más
de 19 céntimos por litro en el caso del gasó-
leo), que le corresponde a cada Comunidad
Autónoma en virtud de lo establecido en la
vigente Ley de Financiación de las Comuni-
dades Autónomas.
Cantabria suprime el impuesto sobre el gasóleo
1,2,3,4,5,6 8,9,10,11,12,13,14,15,16,17,...36
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