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en
la
carretera
F
ENADISMER ha puesto en marcha un
servicio de asistencia para multas en el
extranjero, FENAGEST, para infracciones e
inmovilizaciones de vehículos, dirigido a los
transportistas españoles que circulen por
Europa o Norte de África. El servicio está dis-
ponible 24 horas los 365 días del año y permi-
te el pago de las sanciones en el extranjero.
Ante el importante incremento de los contro-
les e inspecciones que se están realizando tanto
en Europa como en Marruecos y que están dan-
do como resultado innumerables sanciones e
inmovilizaciones para transportistas españoles
que realizan transporte internacional, FENA-
DISMER ha puesto a su disposición el nuevo
Servicio FENAGEST de Asistencia Telefónica
24 horas los 365 días del año.
Mediante una simple llamada a nuestro Cen-
tro de Atención de Clientes por parte del trans-
portista, desde el lugar en que se encuentra
inmovilizado su vehículo, establecemos un
contacto directo con las autoridades locales y
los agentes de control en el idioma del país en
cuestión, analizando la sanción impuesta y los
posibles recursos.
Además, el nuevo Servicio FENAGEST faci-
lita a todos los transportistas que se adhieran
al mismo una tarjeta de pago absolutamente
innovadora, ya que está diseñada exclusiva-
mente para el pago de sanciones en el extran-
jero así como para la remisión de dinero al
conductor asalariado en cualquier cajero
bancario, sólo si previamente lo autoriza el
empresario titular del vehículo de transporte.
Para darse de alta en el nuevo Servicio
FENAGEST de asistencia a transportistas en
el extranjero, cuyo coste es de tan sólo un
euro al mes, simplemente hay que dirigirse a
cualquiera de las organizaciones territoriales
integradas en FENADISMER.
FENAGEST es
tu nuevo aliado
para viajar
al extranjero
Nuevo servicio FENADISMER
La CNMC sanciona con 8,8
millones al transporte frigorífico
Por concertación de precios
A
cabamos de conocer que la Comisión
Nacional del Mercado y la Competencia
ha sancionado con 8,8 millones de euros a 12
empresas españolas de transporte internacio-
nal frigorífico de mercancías y a la asociación
que las representa, ATFRIE, por considerar
que ha habido un acuerdo en la fijación de las
tarifas de transporte frigorífico internacional
de mercancías por carretera.
Según la Comisión Nacional de los Mercados
y la Competencia, estas conductas tuvieron
lugar entre 1993 y 2012 año en el que, para evi-
tar las posibles sanciones y poder prolongar
esta acuerdo sobre tarifas de transporte inter-
nacional frigorífico, deciden crear una empre-
sa franquiciadora con el fin de enmascarar
“sus conductas contrarias a la competencia”.
Además, con la creación de esta empresa fran-
quiciadora, las empresas sancionadas junto
con su asociación sectorial “pretendían pro-
longar la fijación de tarifas de transporte fri-
gorífico”, conducta contraria a la competencia
y que ha sido objeto de la investigación.
Para la Comisión Nacional de los Mercados
y la Competencia, la infracción cometida por
estas empresas y su asociación está acredita-
da según el Artículo 1 de la Ley 15/2007 de
Defensa de la Competencia y del Artículo 1 de
TFUE (Expediente 5/0454/12).
La infracción cometida, nos dice la CNMC,
perseguía un claro objetivo: la fijación de los
precios de transporte internacional frigorífico
de mercancías por carretera. Como es un sector
con libertad de precios, cualquier tipo de con-
certación o acuerdo entre empresas es total-
mente contrario a la libre competencia (se
entiende que se crea un lobby o cártel que
impone sus condiciones sin dejar margen a la
negociación ni a la libertad de mercado). A este
hecho, ya de por sí objeto de infracción, hay que
sumar el agravante de la creación de la empre-
sa franquiciadora de la que hemos hablado más
arriba, con la intención de eludir sanciones y
prolongar esta situación en el tiempo.
Correos electrónicos
La investigación se inició por la recepción
de diversos e-mails remitidos a la Comisión
Nacional de los Mercados y de la Competencia
entre octubre de 2011 y octubre de 2012 y que
alertaban de estas prácticas anticompetitivas.
Para el cálculo de las multas, la Comisión ha
aplicado un tipo variable entre el 1% y el 3,95%
sobre el valor del volumen de negocio de cada
una de las empresas sancionada, además de la
asociación provincial, que ha dado un total de
8,8 millones de euros de sanción impuesta.
Ahora, la Comisión Nacional de los Mercados
y de la Competencia insta a aquellas empresas
que se sientan perjudicadas por estas prácticas
anticompetitivas a presentar un demanda civil
de daños y perjuicios derivada de esta conduc-
ta por la infracción de la normativa de defensa
de la competencia.
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