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en
la
carretera
Nuestra normativa sobre pesos y dimensio-
nes ya permite esta altura de 4,5 m. a los por-
tavehículos, a las grúas de asistencia en
carretera y en el caso de transporte de conte-
nedores en régimen multimodal.
El Comité Nacional del Transporte no se
opone a esta propuesta, pero sí pide que se
den las condiciones técnicas necesarias
(como un informe emitido por un organismo
independiente, como puede ser el INTA) que
aseguren que no se incrementa el riesgo del
vehículo (por mayor inestabilidad al aumen-
tarse la altura, el centro de gravedad se des-
plaza; cómo influye en la eficacia de los fre-
nos del vehículos, mayor superficie de resis-
tencia al aire, etc.)
Megacamiones o configuraciones
“euro-modulares”
La tercera propuesta del Ministerio del
Interior, se refiere a los conjuntos “euro-
modulares”, que son configuraciones de con-
juntos de vehículos que pueden transportar
60 Tn y 25,25 m. Precisan de una autorización
específica concedida por un tiempo determi-
nado y deberán circular predominantemente
por autopistas y autovías. Sólo podrían utili-
zar carreteras cuando el recorrido por las
mismas no supere los 50 km y debe ser el ini-
cio o el destino del viaje. El recorrido total
debe superar los 150 km y la autorización fija-
rá las condiciones en las que debe realizarse
el transporte, en relación a la velocidad máxi-
ma, señalización del vehículo, etc. No podrán
utilizarse estos conjuntos euro-modulares
para el transporte de mercancías peligrosas.
El Comité Nacional responde
El Comité Nacional del Transporte ha pro-
puesto una serie de medidas en relación con
la propuesta de Interior de elevar la altitud a
4,5 m en los casos antes dichos y las configu-
raciones “euro-modulares” o megatrailers
como se les venía ya llamando, es decir vehí-
culos de hasta 60 Tn y 25,25 m. En el caso de
vehículos articulados hasta 20,55 m. no pro-
pone nada, porque su postura es contraria a
esta regulación, que no tiene ningún prece-
dente en ningún otro país de la Unión Euro-
pea. FENADISMER sospecha que la propues-
ta de esta longitud parte de las presiones ejer-
cidas por determinadas empresas de automo-
ción, a través de la CEOE, para mejorar su
“eficiencia logística”, o lo que es lo mismo,
ahorrarse unos cuantos millones de euros en
el transporte de los componentes. La pro-
puesta que hace el Comité Nacional se refiere
tanto a condiciones técnicas, como de señali-
zación, velocidades y requisitos para la
obtención de la autorización.
• Requisitos técnicos:
se aportará un cro-
quis del conjunto del vehículo, identificando
el número total de ejes, peso total del conjun-
to y peso por ejes, así como longitud y altura.
• Velocidad máxima:
La velocidad máxi-
ma autorizada será de 10 km/h inferior a la
autorizada para los vehículos pesados de
transporte (80 km/h en autopista y autovías y
de 70 km/h en carreteras convencionales).
• Itinerario:
Se propondrá el itinerario o
itinerarios por los que pretende circular, uti-
pesos y dimensiones
debate
Pesos máximos autorizados en los países de la UE
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