Exenciones a los tiempos de conducción y descanso en Europa por el Covid-19

Exenciones a los tiempos de conducción y descanso en Europa por el COVID-19.

Actualizamos la tabla de las exenciones a los tiempos de conducción y descanso con varios cambios que se han producido a finales de abril. Recordamos que Francia ha decidido no mantener las exenciones en los tiempos de conducción y descanso y obliga a respetar lo que establece el Reglamento 561/2006. Actualizado el lunes 27 de abril.

La gestión del transporte por carretera realizada por la Comisión Europea durante la crisis provocaba por el Covid-19 no puede ser más lamentable. No está dando la talla frente a este desafío. No ha sido capaz de coordinar las acciones de los estados miembros, y cada país ha ido tomado las medidas que ha considerado oportunas.

En este sentido, el caso más sangrante es el de Francia, que no solo ha decidido retirar las exenciones a los tiempos de conducción, también ha restaurado las restricciones a la circulación de los vehículos pesados a partir del fin de semana del 25 y 26 de abril. Dinamarca también decidió aplicar a raja tabla el Reglamento 561/2006 desde el 12 de abril.

En cambio, otros países han optado por extender las exenciones hasta el 31 de mayo, fecha que, en este caso sí, la Comisión Europea ha conseguido que sea respetada por los países pro-exenciones.

Volviendo al papel de la Comisión, ni siquiera está ofreciendo la información imprescindible para que las empresas de transporte internacional intenten seguir trabajando dentro del caos generado por el Covid-19. Una muestra de ello es la información que va subiendo a su web sobre las exenciones establecidas por cada país, incompleta y acumulando días de retraso. Situación que, además, solo ha ido complicándose.

Inicialmente, tras el brote del Covid-19, los países europeos se acogieron a la posibilidad que ofrece el Reglamento 561/2006 de establecer exenciones al cumplimiento de los tiempos de conducción y descanso durante un máximo de 30 días. Para introducir estos cambios, el procedimiento es relativamente rápido: basta con comunicar las exenciones a la Comisión Europea, y la Comisión los comunica al resto de países.

Pero vista la evolución que está siguiendo la crisis del Covid-19 y su repercusión sobre el transporte de mercancías por carretera, algunos países están optando por otra vía más a largo plazo para aplicar las exenciones. El sistema anterior implicaba tener que prorrogar las exenciones regularmente, siguiendo cada país un calendario propio, lo que complicaba el seguimiento de las exenciones por parte de las empresas de transporte que realizan transporte internacional.

Para evitar esta sucesión de cambios, siguiendo la recomendación de la Comisión Europea, 21 países (19 de la UE, más Reino Unido y Noruega) se han acogido a otro procedimiento, que permite implantar exenciones por periodos de tiempo superiores a 30 días. Así lo ha hecho España, por ejemplo.

El problema es que las exenciones establecidas de este modo necesitan que sean aprobadas por la Comisión Europea, que, precisamente, no se está mostrando en su funcionamiento todo lo ágil y eficaz que la situación está requiriendo. De hecho, aunque está publicando estas nuevas solicitudes de establecimiento de las exenciones en su web, aparecen como pendientes de aprobación. Por otra parte, ha habido países en los que ha finalizado el periodo de tiempo fijado y no se podía saber si se habían prolongado, si había exenciones nuevas o, en su caso, si ese país había decidido dejar de establecer exenciones, como han hecho Dinamarca y Francia.

Entendemos que el hecho de estén publicadas en la web de la Comisión significa que van a ser aprobadas, pero la situación de inseguridad jurídica está ahí. Valga como ejemplo lo siguiente: cuando el Ministerio de Transportes español envió su propuesta de exenciones para el periodo comprendido entre el 19 de abril al 31 de mayo, recibió un correo de respuesta en el que se daba por sentado su aceptación… pero, una semana después, no se había producido la comunicación con la aceptación oficial.

Hasta el 31 de mayo

Los 21 países que han optado por la vía de establecer un periodo de más de 30 días para la aplicación del siguiente periodo de exenciones han puesto como fecha de finalización el 31 de mayo. En Eslovenia finalizan el 14 de mayo y en Suiza el 30 de abril.

Sin embargo, entre los 21 países que han renovado las exenciones, sigue sin haber acuerdo en el contenido de las exenciones: cada país sigue imponiendo un criterio propio, por lo que hacer transporte internacional intentando aplicar las exenciones vigentes en cada país es una misión imposible.

En las tablas adjuntas hemos recopilado la información contenida en los dos listados con las exenciones por países que tiene la Comisión Europea en su web. En este enlace se puede consultar el listado con los 21 países que han optado por alargar el periodo de exenciones hasta el 31 de mayo, más Suiza. Y en este otro enlace están las exenciones de Eslovenia… más las antiguas exenciones que estuvieron en vigor los países que las han prorrogado de nuevo hasta el 31 de mayo. De Letonia no sabemos si han prorrogado o no las exenciones. Vamos, un auténtico lío.

Exenciones a los tiempos de conducción y descanso en Europa por el Covid-19

Exenciones temporales de los Estados Miembros, Reino Unido y estados no miembros (Noruega y Suiza) del reglamento 561/2006 por la crisis del Covid-19.
Última actualización el 27/04 a las 15:00 horas, con datos de la última actualización de la Comisión Europea (27/04 a las 10:00 horas).

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