Italia ya ha avanzado más en la regulación del salario mínimo que deben cumplir los conductores de empresas no residentes en Italia cuando efectúen labores de cabotaje en dicho país. Disponemos ya del Certificado de Desplazamiento que deben cumplimentar las empresas de transporte. Os recordamos que los conductores autónomos están excluidos de esta regulación del salario mínimo italiano.
La nueva regulación italiana del salario mínimo se aplica exclusivamente a los transportes de cabotaje, tanto en vehículo ligero como pesado, en Italia (transporte interior) no siendo de aplicación a los transportes internacionales con origen o destino en Italia. Quedan también excluidos los transportes internacionales en tránsito por territorio italiano.
La obligatoriedad del salario mínimo sólo se aplica cuando el conductor desplazado a Italia sea asalariado de la empresa transportista. No será de aplicación cuando el conductor sea autónomo, lo que deberá acreditar documentalmente a requerimiento de los agentes de control en carretera.
Obligación de registrar la empresa transportista ante la Administración italiana
La empresa transportista está obligada a realizar los siguientes trámites:
-Registrarse previamente en la página https://www.cliclavoro.gov.it, facilitando para ello una clave y contraseña, siendo absolutamente necesario para poder transmitir y remitir los certificados de desplazamiento.
-Cumplimentar el Certificado de Desplazamiento (se adjunta modelo del certificado): las empresas deberán enviar con una antelación previa de al menos 24 horas el modelo de certificado de desplazamiento en italiano, a la dirección de correo electrónico [email protected]. Cualquier modificación del contenido del certificado deberá realizarse como máximo en un plazo de 5 días desde que se produce el hecho que motiva la modificación del certificado.
-Conservar toda la documentación en idioma italiano (papel o formato electrónico) a disposición de los agentes de inspección italianos relativa al trabajador desplazado (contrato de trabajo, nóminas… etc).
Documentación que sendebe llevar a bordo del camión
La empresa transportista deberá entregar al conductor para llevar a bordo del vehículo el Certificado de desplazamiento (previamente remitido por correo electrónico).
Obligaciones adicionales para la empresa transportista
La empresa está obligada a:
-Designar a un contacto con domicilio en Italia que efectuará las labores de enlace con las autoridades italianas. A falta de designación, se entenderá que para la operación de cabotaje el representante será el empresario italiano con sede social o local abierto en Italia destinatario de la operación de transporte.
-Designar a un Representante Legal en Italia, que asumirá la función de representante legal a los efectos de control de la documentación así como de poner en contacto a las partes sociales interesadas con la empresa de transporte para posibles negociaciones colectivas.
FENADISMER pone a disposición de todas sus empresas transportistas asociadas el servicio del representante legal en Italia a través de su servicio de asistencia internacional en toda Europa FENAGEST, por tan sólo 10 euros ( más IVA) al año por vehículo para los actuales titulares de la tarjeta FENAGEST. Dicho servicio se contrata a través de cualesquiera de las organizaciones y entidades territoriales de Fenadismer, rellenando el contrato adjunto y realizando la transferencia bancaria correspondiente. Una vez contratado dicho servicio, la empresa transportista recibirá en su correo electrónico designado los datos completos del representante en Italia.
Qué cuantía tiene establecida el salario mínimo en Italia
Respecto al importe/hora que será necesario justificar para el cumplimiento de la legislación italiana relativa al salario mínimo de los conductores desplazados en las operaciones de cabotaje, la norma establece que será el Observatorio italiano creado al efecto el que determine la cuantía. No obstante, y en tanto se constata definitivamente este importe una vez se publique dicho Observatorio, la legislación italiana prevé para los conductores de transporte internacional un salario, según convenio colectivo, de 1.642,37 €, estableciendo asimismo un total de 198 horas mensuales, por lo que las empresas de transporte que efectúen cabotaje en Italia, deberán acreditar que sus conductores perciben 8,30 €/h.