La entrada en vigor de esta nueva Ley supone que la regulación para los transportistas de vehículo ligero (hasta 3,5 Tn. de MMA) ha cambiado en lo referente a los requisitos que tienen que acreditar para poder entrar y estar legalmente en el sector del transporte.
Afecta la nueva regulación tanto para los nuevos transportistas que quieran acceder al sector como para los que ya están en él. Y es que la nueva regulación establece que para la obtención de la autorización de transporte público para vehículos de hasta 3,5 Tn. de MMA no es hay que acreditar ni la capacitación profesional, ni la capacidad económica ni la honorabilidad, aunque sí que se seguirá precisando tarjeta de transporte por lo que hay que acreditar el alta en Hacienda, en la Seguridad Social, la antigüedad máxima de los vehículos, etc.)
En consecuencia:
- Para los nuevos solicitantes de tarjetas de vehículos ligeros, hasta 3,5 Tn. de MMA, que se plasma en una tarjeta MDL, se les otorgará siempre que el vehículo tenga menos de cinco meses de antigüedad y acrediten las altas en Hacienda, Seguridad Social, etc. Además cada dos años tendrán que visar las tarjetas por lo que tendrán que acreditar que siguen al día en sus pagos con las diferentes administraciones.
- Para los transportistas que ya son titulares de tarjetas MDL no tendrán que acreditar ya que disponen de la capacitación profesional, capacidad económica ni honorabilidad.