Esto es lo que debe pensar el transportista granadino cuyo chófer “resultó muerto” por el disparo del arma de un erztaina, en la reserva, como consecuencia de una posible discusión de tráfico. Porque realmente lo que pasó, no lo vamos a saber nunca.
Al cabo de los meses, los hechos sucedieron en junio de este año en la Autovía A-15 a su paso por la Comunidad Foral de Navarra, el transportista autónomo, empresario del conductor tristemente fallecido en estas circunstancias, recibe un Acta de infracción desde la Inspección de Trabajo de Navarra, por una infracción grave cometida por la empresa transportista en materia de prevención de riesgos laborales proponiendo una sanción de 2.046 euros.
Aunque inicialmente la Inspección de Trabajo de Navarra consideró que se había producido un accidente “in itinere” del conductor fallecido como consecuencia del disparo recibido por un policía vasco que se encontraba en situación de reserva en el momento de producirse la discusión, porque todo parece indicar que el detonante fue una discusión de tráfico (literalmente el Acta de la Inspección de Trabajo después de producirse el accidente recoge que “el conductor del otro vehículo, sacó una pistola disparando y matando al trabajador”).
Ahora, el transportista granadino que contaba solo con este conductor como trabajador de la empresa, ha recibido un nuevo Acta de la Inspección de Trabajo de Navarra, porque con posterioridad a los sucesos levantó un nuevo Acta para comprobar “las circunstancias concurrentes” a dicho suceso. Es decir, si se podían buscar resquicios de algún tipo para minimizar la actuación del policía vasco en la reserva que utilizó su arma para liquidar una discusión de tráfico y cargarle la responsabilidad, en todo o en parte, sino al conductor, sí a la empresa transportista.
Y ahora, la Inspección de Trabajo navarra, después de analizar la documentación enviada por la empresa en relación con la evaluación de riesgos laborales de su conductor fallecido así como la formación impartida al conductor sobre esta materia resuelve que la empresa transportista “no ha considerado de forma exhaustiva el estrés derivado de la conducción en su evaluación de riesgos genérica ni ha realizado la evaluación de riesgos psicosociales”, lo que a juicio de la Inspección de Trabajo de navarra constituye una infracción grave en materia de prevención de riesgos laborales y no se le encoge la mano al enviar la propuesta de sanción, 2.046 euros.
Como es lógico, la asociación granadina, AGT Granada-FENADISMER, a la que pertenece el transportista, ha procedido a interponer el correspondiente recurso contra la misma. Y es que todavía no salen de su asombro. Porque a una empresa de un trabajador no es de recibo que se le pida una evaluación de riesgos psicosociales que solo se pide en empresas de más trabajadores y realmente siempre que haya factores que hagan necesaria su evaluación, porque la propia empresa ha podido evaluar los posibles factores de riesgo psicosocial y no haber encontrado ninguno.
Los puntos clave de esta situación son:
-Un transportista granadino autónomo que contrata un conductor.
-El conductor fallece como consecuencia del disparo realizado por un policía autonómico vasco en la reserva. Previsiblemente tras o durante una discusión de tráfico.
-La Inspección de Trabajo de Navarra, dentro de sus competencias y dentro de la normalidad, pide la evaluación de los riesgos laborales de la empresa y la formación dada al conductor.
-La empresa granadina remite dicha documentación. La evaluación de riesgos es la que corresponde a empresas de un trabajador.
-La Inspección de trabajo de Navarra sanciona por no haber evaluado los riesgos psicosociales derivados del puesto del conductor.
Y, vosotros, ¿habéis evaluado los riesgos psicosociales de vuestros conductores?
no puedo ni debo entrar en el debate del poruqe de los hechos por desconocimiento total de los mismos y por lo tanto no daré mi opiniñon al respecto pero lo que si me parece digno de una falta no yá grave sino gravisima y mu preocupante, es que un sirvenguenza a, al volante de un vehiculo, ocupando un lugar en la via pública, circule portando un arma de fuego sin causa,justificación ni por razón de oficio
Puede alguien indicar si al ministerio del interior le han pedido la evaluacion de riesgos laborales del asesino cobarde que terminó con la vida del compañero y en ese caso, que sanción le han impuesto?
Es propio del pais (por llamarle algo) en que nos ha tocado vivir.
yo titularia la triste noticia como SINVERGUENZAS AL PODER , y bien… sigamos con el proceso electoral que aquí, no ha pasado nada al ighual que los Ratos, Pujoles, Gonzalez, Aznares, Barcenas, Cospedales, Borbones y tantos más de la inacabable lista.
Mis mas sentidas condolencias a los familiares del compañero y mi deseo de que si algun Sr Juez, tiene arredros todavia, encarcele al sinverguenza maton y cobarde en reserva o no que perpetró este asesinato