Aprobada ya la autorización especial que debe solicitar todo aquel que quiera realizar un transporte con un megacamión por la DGT, falta que la Dirección de Transit de Cataluña y la de Tráfico del Pais Vasco hagan lo propio. Y lo harán en breve. Mientras tanto hemos sabido que las tres administraciones están por la labor de emitir autorizaciones para estos transportes especiales a tipo de prueba, de forma que el transportista antes de comprarse el megacamión tenga claro que el recorrido que tiene que realizar con él lo soporta y se lo van a autorizar.
La modificación del Reglamento General de Vehículos, aprobada el pasado mes de Diciembre, establece para la circulación por territorio español de los nuevos conjuntos de vehículos de transporte en configuración euromodular (denominados coloquialmente megacamiones) que los transportistas deberán previamente solicitar una Autorización Especial de Circulación ante la Administración competente en materia de Tráfico.
Conforme al reparto actual de competencias en materia de Tráfico, será necesario solicitar simultáneamente hasta tres autorizaciones de circulación en función del recorrido que se vaya realizar: una ante la DGT para el territorio común, más las correspondientes a la Dirección de Transit de Cataluña y a la Dirección de Tráfico del País Vasco en el caso de que el trayecto a realizar discurra total o parcialmente por dichas Comunidades Autónomas.
Actualmente, sólo la DGT ha publicado la Instrucción Técnica que regula el procedimiento y requisitos de obtención de la autorizaciones especiales de circulación, estando previsto que las Direcciones de Transit de Cataluña y de Tráfico del País Vasco aprueben sus correspondientes Instrucciones Técnicas antes de que finalice este mes de mayo.
Dichas instrucciones incluirán algunas modificaciones respecto de la aprobada por la DGT, de las que cabe destacar las siguientes:
En el caso de la Instrucción Técnica catalana se exigirá que el megacamión vaya provisto de cámaras de visualización tanto de los laterales como de la parte trasera, y asimismo se exigirá aportar, junto a la solicitud, un certificado de conformidad del vehículo firmado por técnico competente. Una vez concedida la autorización, el transportista estará obligado a comunicar de forma anticipada cada viaje que vaya a realizar, a efectos de control.
En el caso de la Instrucción Técnica vasca, se establecerá la posibilidad de restricción de circulación de los megacamiones en determinados tramos horarios. Además, una vez concedida la autorización, el transportista estará obligado a comunicar de forma anticipada cada viaje que vaya realizar, a efectos de control.
Por otra parte, dada la inversión económica que supone la adquisición de un megacamión, se hace necesario para el transportista poder conocer previamente que el servicio que vaya a realizar va a ser autorizado en función del itinerario por el que va a discurrir, teniendo en cuenta que cada titular de la vía debe informar favorablemente. Por ello, las tres Administraciones competentes en materia de tráfico (DGT, Transit de Cataluña y Tráfico del País Vasco) se han comprometido a establecer un sistema que permita al transportista solicitar autorizaciones en modo simulación, para conocer previamente con seguridad la compatibilidad del megacamión con el mismo.