El Gobierno solo da el visto bueno a los megacamiones

pesos-y-dimensionesFinalmente, el Gobierno no ha cedido a las presiones ejercidas por determinados lobbies de cargadores y fabricantes y ha dicho no a los 4,5 m. de altura para todos los camiones y a los trailers de 20,55 m.  Sí saldrán adelante los camiones “euromodulares” o como se han venido llamando desde hace tiempo, los “megacamiones”.

El pasado mes de Agosto, la Dirección General de Tráfico elaboró un nuevo proyecto normativo que planteaba introducir diferentes modificaciones en lo que se refiere a la altura máxima de los vehículos y a la longitud de los semirremolques. FENADISMER, y el resto de las asociaciones de transportistas, rechazaron en su día el incremento de la altura a 4’50 m. para toda categoría de vehículos (pedían las organizaciones empresariales que se estudiara con carácter previo a su aprobación la viabilidad técnica con el fin de no comprometer la estabilidad y seguridad de los vehículos), y especialmente la posibilidad de circular trailers con 20,55 m., lo que supone incremento en la longitud de los semirremolques de 4 m., porque esta situación obligaría a renovar el parque de semirremolques existentes, con los consiguientes incrementos de costes a asumir en exclusiva por la empresa transportista en beneficio único de los cargadores.

Y resulta que el  Consejo de Ministros celebrado el pasado viernes 20 de Noviembre ha acordado tramitar exclusivamente la modificación normativa tendente a la introducción de los megacamiones en España, los conjuntos de vehículos en configuración euromodular compuestos por más de seis ejes, con una capacidad de hasta 60 toneladas de MMA y 25’25 m. de longitud. Con lo cual, el Gobierno ha manifestado escuchar más al sector que el propio Ministerio de Fomento.

Según se ha acordado por el Consejo de Ministros del pasado viernes, el objetivo que se persigue con la introducción de los megacamiones en España, es “colaborar en la mejora logística del transporte terrestre”, ya que con este tipo de configuración de vehículos se obtiene “una disminución de costes de entre un 15% y un 50% para esas rutas que aprovisionan a las fábricas desde proveedores situados en los alrededores”.

Para la aprobación de dicha regulación normativa, previsiblemente el próximo mes de Diciembre, se está tramitando una modificación del Reglamento General de Vehículos, a propuesta del Ministerio de Interior y de los Ministerios de Industria y de Fomento.

La nueva regulación establecerá que, para la circulación de los megacamiones se exija previamente obtener una autorización especial expedida por la Dirección General de Tráfico (o por los Departamentos de Tráfico de Cataluña y País Vasco) en la que se establecerá las condiciones de circulación de dicho transporte, de las que cabe destacar las siguientes:

  • La circulación se realizará preferentemente por autopistas y autovías, ya que sólo se permitirá la circulación por carreteras convencionales siempre que el recorrido por éstas no supere los 50 kilómetros y sea el inicio o destino del viaje.
  • La autorización de circulación sólo se concederá si el recorrido total supera los 150 kilómetros.
  • La velocidad máxima autorizada será la misma que la establecida en la actualidad para los restantes vehículos de transporte pesado, 90 km/h en autopistas y autovías y 80 km/h en carreteras convencionales.
  • El conjunto del vehículo llevará obligatoriamente un sistema de señalización de advertencia para el resto de usuarios de la vía, en concreto mediante señales luminosas o rotativos en todo su contorno, y, además, portará la señal de vehículo largo en su parte posterior con la nomenclatura “XL” identificativa de su mayor dimensión.

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