DIA ha comunicado a los transportistas con los que trabaja que a partir del 1 de mayo los conductores tienen que realizar las descargas de los camiones en las plataformas logísticas en territorio español. Esta prepotencia por parte de un cargador hace aún más inexplicable la actitud de Transportes de no prohibir la carga y descarga por parte de los conductores de forma excepcional como medida de evitar riesgos para la salud de los conductores.
Para el Ministerio de Transportes hacer una recomendación a las asociaciones de cargadores sobre que los conductores no deben realizar las operaciones de carga y descarga, es suficiente.
La realidad, tan ajena al Ministerio algunas veces, es bien diferente. No solo los conductores siguen haciendo la carga y descarga en instalaciones que les son ajenas y con maquinaria que les es extraña y utilizada por quién sabe quién, si no que hay compañías que en un desafío absoluto envían un comunicado a su proveedor de servicios de transporte para hacerle saber que desde el 1 de mayo en todas sus plataformas logísticas del territorio nacional, los conductores van a hacer la descarga de los camiones, sí o sí.
Evidentemente, en una situación excepcional como la que vivimos, en la que se han adoptado tantas decisiones excepcionales, parece que prohibir que los conductores realicen estas operaciones de forma temporal y excepcional, no debería ser un problema. Por eso, FENADISMER ni entiende ni asume la decisión de Transportes en dejarlo en una simple recomendación.
Una recomendación empezó siendo al principio del estado de alarma a los cargadores que permitieran a los conductores utilizar los aseos en sus plataformas, y para conseguirlo, hubo que publicar una Orden y amenazar con sanciones…
¿Y que los cargadores aceptaran esta recomendación por buena sobre la carga y descarga pensaban que iba a funcionar?