
El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ya tiene elaborado el borrador con lo que será la cotización por ingresos reales de los autónomos. Se fijan trece tramos de ingresos con cotizaciones entre 90 y 1220 euros al mes que empezarían a aplicarse en 2023.
Tras varios años de discusiones y negociaciones con las organizaciones de autónomos, parece ser que el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ya tiene preparado lo que sería el último borrador sobre la cotización por ingresos reales de los autónomos. Pero, insistimos en que es un borrador y que puede revestir cambios hasta su aprobación definitiva.
El objetivo es que los autónomos con bajos ingresos paguen menos, pero que los autónomos con ingresos más elevados, coticen realmente en función de lo que ingresan. Al final, se trata de que las prestaciones que perciben los autónomos se correspondan no solo con lo que han cotizado si no con lo que han ingresado. De forma similar a como sucede con los trabajadores por cuenta ajena.
El Ministerio cuenta con tener aprobado el texto en 2022 y que entre en vigor en 2023. A partir de ahí, se establecería un periodo transitorio de nueve años en el que se irían ampliando tramos de ingresos reales (desde cinco iniciales en 2023 a trece en 2032) y las cotizaciones. Se irían revisando cada tres años, por el Gobierno, las organizaciones empresariales y sindicales y las asociaciones de autónomos y podrían tomarse decisiones como acelerar la implantación total del sistema. En este punto, algunas organizaciones de autónomos, son contrarias a un periodo transitorio tan elevado; prefieren que se lleve a cabo su implantación definitiva en menos tiempo, máximo tres años.
Lo que ha transcendido de este borrador es que, una vez pasado el periodo transitorio, para ingresos mínimos, de hasta 3000 euros, la cotización sería de 90 euros/mes (una cotización que no llegaría ni al 10% de los ingresos mensuales) y para ingresos máximos, a partir de 48.841 euros anuales, la cotización correspondiente sería de 1.220 euros/mes, es decir, un 30% de la base de cotización, como se paga actualmente, ya que supondría unos ingresos del autónomo (factura) en torno a los 4000 euros/mes.
Sin embargo, esto no se va a aplicar ya directamente en 2023, se empezaría con una cotización sin tanta diferencia entre la cuota mínima y la cuota máxima, saliendo claramente beneficiados los autónomos con ingresos reales más elevados, como vemos en la primera tabla.
Según el borrado que maneja el Ministerio de Igualdad, en 2023, la cotización por tramos se aplicaría de la siguiente manera:
Ingresos anuales en euros Cuota mensual Hasta 3000 euros 200 euros De 3000 a 6000 euros 215 euros De 6000 a 9000 euros 230 euros De 9000 a 12600 euros 245 euros De 12600 a 17000 260 euros De 17000 a 22000 275 euros De 22000 a 27000 290 euros De 27000 a 32000 305 euros De 32000 a 37000 320 euros De 37000 a 42000 340 euros De 42000 a 47000 360 euros De 47000 a 48841 380 euros A partir de 48841 400 euros
Para, nueve años después, llegar al sistema definitivo con las siguientes cotizaciones mensuales en función del tramo de facturación:
Ingresos anuales en euros Cuota mensual Hasta 3000 euros 90 euros De 3.000 a 6.000 euros 120 euros De 6000 a 9000 euros 185 euros De 9.000 a 12600 euros 235 euros De 12600 a 17000 euros 275 euros De 17000 a 22000 euros 305 euros De 22000 a 27000 euros 425 euros De 27000 a 32000 euros 545 euros De 32000 a 37000 euros 670euros De 37000 a 42000 euros 800 euros De 42000 a 47000 euros 935 euros De 47000 a 48841 euros 1075 euros A partir de 48841 euros 1220 euros
El autónomo podrá ajustar su cotización a su previsión de ingresos; como estos no son fijos y pueden variar sobre la previsión inicial, dispone de la posibilidad de cambiar de tramo, y de cotización, hasta seis veces al año. Y, si al final la cotización no se ha ajustado a los ingresos, tendrá que regularizar: es decir, pagar la diferencia si los ingresos reales han sido superiores, o solicitar la devolución de lo cotizado de más, si los ingresos han sido inferiores.
En 2021, la cuota mínima que pagan los autónomos es de 286,1 euros y la máxima 1233,2 euros. La cuota mínima corresponde a una base de cotización de 944,4 euros mensuales. Es decir, si se aplicara la tabla anterior, los autónomos con ingresos reales hasta 17.000 euros, pagarían incluso menos de lo que están pagando ahora, si es que cotizan por la base mínima, que es lo que hacen mayoritariamente los autónomos (actualmente, hay 3.080.000 autónomos según la Encuesta de Población Activa). Es a partir de ahí, cuando el autónomo sí que va a notar la cotización mensual, porque ya no podrá decidir cotizar por una base inferior a sus ingresos reales.
Los ingresos reales son fáciles de conocer en el caso de los autónomos que tributen en el IRPF en Estimación Directa, en cualquiera de sus variantes. Pero, en el caso de los autónomos que tributen por la Estimación Objetiva (módulos), ¿cómo se van a determinar sus ingresos reales? No están obligados a llevar contabilidad, aunque sí registro de facturas recibidas y conservar las facturas emitidas ordenadas por fechas.