Aunque el Gobierno italiano aún no ha informado sobre el procedimiento para llevar a cabo la comunicación de la declaración del cumplimiento del salario mínimo para los conductores asalariados que se desplacen a Italia, a partir del 26 de diciembre debe cumplirse esta reglamentación, por lo que os vamos poniendo al día de cómo hacerlo.
En principio la norma establecía la obligatoriedad de hacer esta comunicación para el próximo 26 de Diciembre, pero aún desconocemos como se debe cumplir tal obligación. Sí que tenemos el modelo de comunicación de la declaración del cumplimiento del salario mínimo que os adjuntamos en PDF.
Por otra parte, según la información recibida del Gobierno italiano, la nueva regulación solo se va a exigir para la realización de transportes de cabotaje en territorio italiano, no en el caso de transportes internacionales.
Además, al igual que en Francia, la regulación italiana exige que la empresa transportista que se vaya a desplazar a Italia designe un representante legal, para lo cual FENADISMER ofrecerá dicho servicio a sus transportistas asociados a través de su servicio internacional FENAGEST en condiciones económicas excepcionales.