Actualizamos la Guía explicativa de las medidas de la aplicación del Decreto-Ley de medidas para el transporte con la inclusión de la variación semanal del precio del gasóleo y el asistente para el cálculo del índice de variación que debe aplicarse en las facturas de transporte. FENADISMER ha elaborado una guía explicativa de la aplicación del Decreto-Ley sobre la prohibición de la carga y la descarga y de la subida del precio del transporte por la variación del precio del gasóleo para que sea fácilmente entendible por todos los transportistas afectados y puedan aplicarlo en sus contratos con sus clientes.
La aprobación del Decreto-Ley 3/2022 el pasado 1 de marzo que incluye, entre otras medidas, la prohibición de la carga y descarga de las mercancías del vehículo por parte del conductor y la revisión del precio del transporte en las facturas por la variación del precio del gasóleo, necesita una Guía explicativa de cómo aplicar ambas novedades en los contratos de transporte que los transportistas formalicen con sus clientes.
Y cuando decimos «formalicen» nos referimos a cualquier tipo y forma de contrato de transporte, verbal o escrito, puntual o continuado.
Desde la aprobación del Decreto Ley, se ha visto bastante confusión en los medios de comunicación así como entre los propios transportistas y es por eso que FENADISMER ha considerado oportuno elaborar una Guía explicativa de los dos elementos fundamentales, la prohibición de la carga y la descarga y la aplicación de la variación del precio del gasóleo. Por ejemplo, la carga y la descarga, está prohibida para todos los conductores de vehículos a partir de 7,5 Tn salvo en una serie de excepciones. Cuando se dice que se puede pactar que el conductor realice la carga y la descarga, se refiere a estas excepciones y cuando no, se refiere a que el conductor llevará consigo otra persona que será quién las realice (lo que vemos bastante improbable que suceda en la práctica). Y cuando dice que se cobrará de forma independiente, se refiere a las excepciones, porque aunque el conductor tenga que hacer esas funciones, tiene que cobrarlas, de forma separada al transporte.
Y, en cuanto a la repercusión de la variación del precio del gasóleo, que pasa a ser obligatoria, os explicamos la fórmula que tenéis que aplicar y cómo incluirlo en vuestras facturas. Porque esta variación en el precio del transporte, la tiene que recoger el que hace la factura, es decir, el transportista.
Tanto la prohibición de que el conductor cargue o descargue, como la variación del precio del gasóleo son dos disposiciones bastante sencillas de aplicar en la realidad, una vez que son explicadas y entendidas.
Aquí os dejamos esta Guía explicativa del Decreto Ley 3/2022 que esperamos os sea de utilidad.