El Ministerio de Hacienda ha dado instrucciones para que se denieguen todas las solicitudes de aplazamiento de pago de las retenciones de IRPF a las empresas que las soliciten. Y esto desde enero de 2014.
En el caso de las retenciones a cuenta del IRPF, las empresas son meros intermediarios (como sucede con el IVA) ya que son cantidades que se retiene a los trabajadores de sus nóminas y la empresa los ingresa trimestralmente en Hacienda, por eso, Hacienda estima que ya no puede seguir facilitando el aplazamiento de unos pagos que en realidad no deben perjudicar a las empresas que los pagan pues no son cantidades que adelanten (como en el caso del IVA cuando no se ha cobrado la factura) sino que se han retenido a los trabajadores, profesionales, etc. de sus facturas o nóminas. Aunque sí que es cierto que estos pagos suponen un problema para la liquidez de las empresas, y en enero más, cuando las retenciones se han visto aumentadas gracias a la paga extraordinaria de Navidad.
Solicitar un aplazamiento del pago de las retenciones de IRPF a Hacienda va a significar como mínimo un recargo del 5% ya que se entrará de forma automática en vía ejecutiva
A partir del 1 de enero de 2014, todas las solicitudes de aplazamiento de los pagos de IRPF pasan a ser “inadmitidas” por lo que la deuda de la empresa con Hacienda pasa de inmediato a la vía ejecutiva, lo que implica que estas empresas se verán obligadas a pagar un recargo mínimo del 5% del importe de las retenciones y además se exponen a la posibilidad de ser embargadas por parte de Hacienda.
Pero la vía ejecutiva tiene más consecuencias negativas para la empresa ya que de forma inmediata pierde el derecho a pedir cualquier otro aplazamiento por otros impuestos, lo que puede agravar aún más el problema de tesorería que es lo que lleva a pedir aplazamientos en estos pagos de impuestos.