
La nueva ley de Tasas judiciales también afecta a los procesos que tramitan las Juntas Arbitrales del Transporte.
Lo que viene a dejar sin sentido la finalidad propia de las mismas, que no es otra que solventar conflictos relacionados con el cumplimiento de los contratos de transporte de forma gratuita, sencilla, ágil y sin trámites complicados.
Las Juntas Arbitrales del Transporte son órganos administrativos de resolución de controversias en materia de transporte, adscritos a las Comunidades Autónomas. Se crearon como fórmula sencilla, rápida y gratuita de resolver conflictos mercantiles relacionados con el cumplimiento de los contratos de transporte, por ejemplo, impagos. Si ahora hay que pagar tasas judiciales, a menudo más elevadas que la propia cuantía que se reclama, dejarán de tener razón de ser.
Por eso, FENADISMER, se ha dirigido al Ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón para solicitarle formalmente la no aplicación de estas tasas judiciales a los procedimientos arbitrales en materia de transporte.
Las Juntas Arbitrales del Transporte se han venido mostrando como un órgano eficaz en la resolución de cierto tipo de conflictos mercantiles, lo que ha servido para no saturar aún más los atestados Juzgados Ordinarios. Y es que el laudo que emite una Junta Arbitral tiene exactamente la misma validez que una sentencia emitida por un Juez. Es de obligado cumplimiento. Solo en el año 2011, las Juntas Arbitrales tramitaron 9.650 reclamaciones. Y si tenemos en cuenta que en la modificación de la LOTT que se está tramitando se eleva la cuantía objeto de reclamación sensiblemente, son muchos más los casos que podrían resolverse en las Juntas Arbitrales, sin llegar a los Juzgados.