A pesar de la oposición de Fenadismer y del resto de organizaciones empresariales de transporte y de comerciantes, a partir del 1 de agosto, Madrid exigirá a los transportistas que quieran acceder a cualquiera de las cuatro Áreas de Prioridad Residencial existentes (Barrio de las Letras, Cortes, Embajadores y Ópera) una autorización específica que se lo permita. La autorización es la misma para cualquiera de las cuatro APR.
Si a partir del 1 de agosto, el transportista no dispone de dicha autorización para acceder a estas Áreas de Prioridad Residencial, no podrá hacerlo. Para acceder a la autorización hay que solicitarla en cualquier Oficina de Registro del Ayuntamiento de Madrid o de otras Administraciones Públicas.
Desde el 1 de agosto, el horario de carga y descarga para todas las Áreas de Prioridad Residencial de Madrid será, en función del tipo de vehículo:
- Si es propulsado con GNC, GLP, híbrido o Euro 6: de 08:00 a 15:00 h.
- Los vehículos que no sean de combustión interna (eléctricos, pila de combustible o emisiones directas nulas), los vehículos híbridos enchufables y los vehículos eléctricos de rango extendido, que dispongan de la autorización SER del Ayuntamiento de Madrid: de 08:00 a 18:00 h.
- Resto de vehículos: de 08:00 a 13:00 h.
En el caso de la carga y descarga en zonas peatonales habilitadas al efecto, se podrá acceder en el horario establecido en la correspondiente señalización específica.
Para más información, consultar la página web www.madrid.es o bien llamar al teléfono 915298210.