El 5 de enero el Gobierno de Francia aprobó el Decreto que establece cómo, dónde, qué vehículos deben llevar incorporada la señal de advertencia de ángulo muerto al circular por su territorio.
Según el Código de Circulación Francés, todos los vehículos de transporte de mercancías y conjuntos de más de 3,5 Tn de MMA, además de los autobuses, deben llevar una señalización de advertencia de ángulo muerto visible para los usuarios más frágiles de las vías (peatones, ciclistas, motoristas), de esta forma, se les permite ser conscientes de que si se sitúan en determinados puntos alrededor del camión, el conductor no solo no les va a ver, si no que puede realizar maniobras que pongan en riesgo su vida.
Por eso, desde el 1 de enero, estos vehículos deben incorporar estas señales exteriores que marcan los ángulos muertos. Ahora ya sabemos cómo deben instalarse, dónde, distancias, qué vehículos pueden quedar exceptuados, etc. Os lo comentamos a continuación (y también lo puedes ver en este video, hecho por los carroceros franceses):
Cómo colocar las señales: las señales pueden fijarse en el vehículo mediante pegado o remachado o cualquier otro medio de fijación a la carrocería, y tienen que estar ubicados en los laterales y en la parte posterior de la carrocería.
Distancia a la que deben colocarse: en los vehículos de motor (camiones, cabezas tractoras y autobuses) la señalización debe ir en el primer metro antes del vehículo, excluidas las superficies de vidrio, a izquierda y derecha, y a una altura de entre 0,90 y 1,50 metros del suelo. En los semirremolques debe colocarse una señal, a la izquierda y a la derecha, en el primer metro detrás del pivote principal del vehículo y en un altura entre 0,90 y 1,50 metros del suelo, y en el caso de los remolques la señalización debe ir en el primer metro de la parte delantera de la carrocería del vehículo, a la izquierda y a la derecha, y a una altura entre 0,90 y 1,50 metros del suelo.
Como deben colocarse las señales en casos excepcionales: en el caso de vehículos, de motor y remolques, que no cumplan técnicamente con los requisitos de altura vistos en el punto anterior, deberán ubicar las señales en la parte más alta, lo más cerca posible de las distancias indicadas anteriormente y dentro del límite de los 2,10 metros.
Los vehículos con sistemas de visión directa en la parte inferior de las puertas o puertas de vidrio deberán estar equipados con señales colocadas a una distancia de la parte delantera del vehículo lo más cercana posible a lo indicado anteriormente y dentro del límite de 3 metros. Se podrá prescindir de la distancia de 3 metros cuando la estructura del vehículo no permita la colocación de la señalización de acuerdo con lo dispuesto en este artículo sin obstruir parte del acristalamiento.
Casos exceptuados de colocar las señales identificativas: es el caso de los vehículos portacontenedores, portacoches, tractores para semirremolques, vehículos cisterna, vehículos con plataforma y plataformas rodantes en los que es técnicamente imposible colocar las señales. Los criterios de colocación de las señales laterales no serán exigibles a los remolques y semirremolques para los que existe una imposibilidad técnica. Estos vehículos llevarán las marcas laterales en una posición compatible con sus características técnicas.
En todo caso, los vehículos de motor, remolques y semirremolques para los que se demuestre una imposibilidad estructural, estarán exentos de colocar señales laterales y / o traseras.
Podéis haceros con las señales a través del servicio de asistencia internacional para transportistas de FENADISMER (FENAGEST). El pack de seis unidades de señales identificativas cuesta 12´90 euros (IVA y portes no incluidos).