Así quedan los plazos para pasar la ITV caducada durante el estado de alarma

Los plazos para pasar la ITV que haya caducado durante el estado de alarma está generando mucha confusión.

Como España ha decidido seguir la caótica Orden de Industria para las renovaciones de las ITV caducadas durante el estado de alarma, consideramos útil ofreceros un cuadro con las fechas en las que debéis pasar la ITV en función de la fecha de caducidad de la misma.

Así quedan los plazos la pasar la ITV tras la aprobación de la que parece ser la última prórroga del estado de alarma, del 7 al 20 de junio.

Fecha de caducidad de la ITV durante el estado de alarmaNúmero de días para pasar 
la ITV desde que finalice el estado de alarma
Plazo para pasar la ITV
Del 14 a 20 de marzo45 días adicionalesHasta el 4 de agosto
Del 21 a 27 de marzo60 días adicionalesHasta el 19 de agosto
Del 28 de marzo a 3 de abril75 días adicionalesHasta el 3 de septiembre
Del 4 al 10 de abril90 días adicionalesHasta el 18 de septiembre
Del 11 al 17 de abril105 días adicionalesHasta el 3 de octubre
Del 18 al 24 de abril120 días adicionalesHasta el 18 de octubre
Del 25 de abril al 1 de mayo135 días adicionalesHasta el 2 de noviembre
Del 2 al 8 de mayo150 días adicionalesHasta el 17 de noviembre
Del 9 al 15 de mayo165 días adicionalesHasta el 2 de diciembre
Del 16 al 22 de mayo180 días adicionalesHasta el 17 de diciembre
Del 23 al 29 de mayo195 días adicionalesHasta el 1 de enero
Del 30 de mayo al 5 de junio210 días adicionalesHasta el 16 de enero
Del 6 al 12 de junio225 días adicionalesHasta el 31 de enero
Del 13 al 19 de junio240 días adicionalesHasta el 15 de febrero
20 de junio255 días adicionalesHasta el 2 de marzo

Como ya hemos comentado en repetidas ocasiones tras la publicación de la Orden SND/413/2020, de 15 de mayo, por la que se establecen medidas especiales para la inspección técnica de vehículos, este sistema plantea un dilema con los vehículos que tienen que pasar la ITV cada 6 meses, ya que el plazo de la prórroga para pasar la ITV es igual o superior a los 6 meses ordinarios. Esto ocurre con los vehículos a los que la ITV les haya caducado a partir del 16 de mayo.

La Orden SND/413 especifica que, una vez realizada la ITV periódica de los vehículos cuyos certificados hayan sido objeto de prórroga automática, para la cumplimentación en las tarjetas ITV de la fecha hasta la que es válida dicha inspección, se tomará como referencia la fecha de validez que conste en la tarjeta ITV y no computará, en ningún caso, la prórroga concedida como consecuencia de la declaración del estado de alarma y de sus sucesivas prórrogas.

Aunque el Ministerio de Industria, responsable de las ITVs, no ha dado ninguna explicación sobre cómo deben actuar los propietarios de vehículos obligados a pasar la ITV cada 6 meses y que les haya caducado a partir del 16 de mayo. Al fijarse el plazo de validez de la inspección tomando como referencia la fecha de la tarjeta ITV, se deduce que los vehículos obligados a pasar la ITV cada 6 meses no podrán apurar el plazo de la prórroga, aunque eso suponga superar, y pagar, la ITV dos veces seguidas en un plazo de tiempo de pocos días.

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