La administración de transporte retoma los visados y los procedimientos sancionadores suspendidos por el estado de alarma

Desde el 1 de junio se ha levantado la suspensión de los plazos administrativos decretada por el estado de alarma, lo que afecta los visados y a los procedimientos sancionadores.

Desde el 1 de junio la administración de transportes, nacional y autonómica, funciona a pleno rendimiento ya que se ha levantado la suspensión de los plazos administrativos de todos los procedimientos que se vieron interrumpidos el 14 de marzo con la declaración del estado de alarma. Esto afecta a los visados de las autorizaciones pero también a los expedientes de inspección por infracciones y sanciones.

Tanto el Ministerio de Transporte como las consejerías de transporte de las Comunidades Autónomas han levantado ya la suspensión de plazos administrativos que se declaró el 14 de marzo con el decreto que declaró el estado de alarma.

Aunque seguimos en estado de alarma, la situación ha cambiado mucho y con las fases de desescalada llega el reinicio de las actividades, entre otras la actividad de las administraciones de transporte, nacionales y autonómicas.

En consecuencia, todos los autónomos y empresas del transporte deben cumplir desde el 1 de junio con todos los plazos administrativos establecidos en la legislación de transporte. Por ejemplo, el visado de las autorizaciones de transporte y los expedientes de inspección por infracciones y sanciones.

En cuanto al visado, quedó interrumpido el 14 de marzo y se retoma el 1 de junio siguiendo exactamente el mismo criterio que antes del Covid19, por lo que en junio visarán las empresas ya autónomos cuyo último dígito de su número de identificación fiscal sea 6.

Y continuará el orden normal anterior al estado de alarma en los meses sucesivos. Todavía no se ha determinado cuando visarán las empresas a las que les correspondiera hacerlo en marzo (último dígito 3), abril (último dígito 4) y mayo (último dígito 5). En cualquier caso, como ya sabéis, esta es una gestión que podéis realizar a través de vuestra asociación provincial de FENADISMER.

En cuanto a los procedimientos de inspección e imposición de sanciones, se reanuda el 1 de junio el plazo interrumpido el 14 de marzo, por lo que hay que atender todos los requerimientos en el plazo establecido y contestar a los que estuvieran pendientes antes de la declaración del estado de alarma.

Se prevé que en las próximas semanas lleguen un elevado número de nuevas notificaciones, por todos los procedimientos que quedaron suspendidos el 14 de marzo.

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