Os informamos que el Gobierno alemán ha tomado la decisión en el día de hoy, de proceder a la suspensión de la aplicación del salario mínimo alemán, que entró en vigor este mes de enero, a los transportes en tránsito por Alemania que obliga a la comunicación previa de los datos de la empresa y conductores que realicen servicios en Alemania al objeto de acreditar que estos perciben el salario mínimo alemán fijado en 8’5 euros/hora, tal y como os hemos venido informando puntualmente. Esta decisión se ha producido como consecuencia de las numerosas quejas formuladas, entre ellas desde FENADISMER, que han ocasionado la apertura de actuaciones por parte de la Comisión Europea al objeto de obtener mayor información y clarificación sobre la regulación alemana.
Por tanto, la ley alemana del salario mínimo, no será aplicable a los transportes en tránsito hasta que no se produzca una valoración y clarificación por parte de las autoridades comunitarias.
Os seguiremos informando.