El Ministerio de Transportes tiene previsto modificar el Real Decreto que regula las excepciones al uso del tacógrafo incluyendo dos nuevas exenciones: a los camiones hormigonera, y a todos los transportes realizados sin salir de Ceuta y Melilla. Además, en la exención que ya se aplica a los vehículos de hasta 7,5 toneladas de MMA propulsados por gas natural o electricidad, el radio de acción dentro del cual no deben usar el tacógrafo se va a ampliar de 50 a 100 kilómetros.
El Ministerio de Transportes ha iniciado la tramitación del Real Decreto 640/2007, en el que se establecen las excepciones a la obligatoriedad de las normas sobre tiempos de conducción y descanso y el uso del tacógrafo en el transporte por carretera. Esta modificación se debe a las nuevas posibilidades de exención del uso del tacógrafo que se introdujeron a nivel europeo en agosto de 2020 con la entrada en vigor del denominado Primer Paquete de Movilidad.
Tres son las novedades. La más relevante, por el número de vehículos beneficiados, es eximir del uso del tacógrafo al transporte de hormigón en vehículos especializados. Según FENADISMER, en España hay en la actualidad alrededor de 10.000 camiones hormigonera. Además, también se deja fuera del tacógrafo al transporte privado de maquinaria de construcción en recorridos inferiores a los 100 kilómetros.
Por otra parte, “para fomentar el uso de energías alternativas”, se eleva de 50 a 100 kilómetros el radio de acción de las operaciones de transporte exentas de tacógrafo realizadas con vehículos propulsados por gas natural o electricidad de hasta 7.500 kilos de MMA.
Otra novedad es la exención del uso del tacógrafo a los servicios de transportes que discurran íntegramente dentro del territorio de las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.