Las tarjetas de tacógrafo caducadas desde el 6 de marzo son válidas si se ha solicitado la renovación 15 días antes de su caducidad

La Orden de Transportes se ha publicado el 7 de abril y afecta a las tarjetas de tacógrafo caducadas desde el 6 de marzo, indicando que para poder seguir usándose han tenido que solicitar su renovación con los 15 días reglamentarios de antelación. A nuestro entender esta Orden llega 25 días tarde.

Transportes ha publicado este martes 7 de abril una nueva Orden en el BOE en la que prorroga la validez de las tarjetas de tacógrafo, que caduquen entre el 6 de marzo y 15 días hábiles después de la finalización del estado de alarma, siempre que el titular haya solicitado la renovación de la misma 15 días antes de su caducidad. Esta Orden llega 25 días tarde.

Esta Orden del Ministerio de Transportes, que regula lo que deben hacen los conductores y empresas a los que les caduque la tarjeta del tacógrafo entre el 6 de marzo y 15 días después de la finalización del estado de alarma, llega 25 días después de que se decretara el estado de alarma, ya que el Ministerio de Transportes ha establecido un protocolo de actuación en el que se mantiene la obligación de haber solicitado la renovación de la tarjeta como mínimo 15 días antes de su fecha de caducidad, tal y como establece la normativa europea a través el Reglamento 165/2014.

La Orden reconoce que, por el establecimiento de medidas excepcionales en el funcionamiento de la administración, como consecuencia del estado de alarma, puede haber dificultades en la entrega de las tarjetas nuevas, pero no en su solicitud, dando por hecho que todos los conductores, autónomos o no, han podido realizar con normalidad la solicitud de la renovación de la tarjeta de tacógrafo 15 días antes de su caducidad durante el estado de alarma, ya sea a través de su propia firma electrónica (en el caso de los autónomos es obligatoria para todos sus trámites con la administración) o de algún organismo autorizado por el propio Ministerio (hay que tener en cuenta que las autoescuelas y gestorías están cerradas, que son quienes habitualmente realizan estas gestiones, aunque, por ejemplo, en el caso de FENADISMER sí que se han seguido realizando estas gestiones a los socios que se lo han solicitado).

Es decir, de entre aquellos conductores, autónomos o asalariados, que les caduque la tarjeta de tacógrafo entre el 6 de marzo y 15 días hábiles después de finalizado el estado de alarma (y sus prórrogas) los que hayan solicitado su renovación, son los únicos que pueden seguir conduciendo sin riesgo de ser parados y sancionados.

Los que no hayan solicitado la renovación de su tarjeta caducada en este periodo de 15 días antes de su caducidad, porque no tengan firma electrónica (los conductores asalariados no tienen obligación) o porque no sepan usarla (es el caso de muchos autónomos) NO pueden seguir conduciendo y si lo hacen, pueden ser sancionados.

No lo dice la Orden, pero es lo que se desprende de la propia Orden, que una vez más, no tiene en cuenta la casuística específica del sector.

Validez de la tarjeta de conductor caducada

En el caso de los conductores (autónomos o asalariados) que sí hayan solicitado la renovación con los 15 días de antelación previstos: mientras reciben su nueva tarjeta, si cogen un vehículo obligado a llevar tacógrafo y tienen que registrar sus tiempos de conducción y descanso, los conductores deben seguir el mismo procedimiento que la normativa establece si la tarjeta deja de funcionar, se pierde o es robada (ya que la tarjeta de tacógrafo caducada no puede registrar datos):

Al iniciar la jornada hay que seleccionar en el tacógrafo: país y comunidad autónoma; si hubiéramos realizado alguna actividad relacionada con el trabajo antes de coger el vehículo (otros trabajos) habría que hacer una entrada adicional. A continuación, se imprime un ticket seleccionando la opción de actividades del vehículo en las últimas 24 horas. En la parte posterior del ticket se debe escribir el nombre completo, el número del permiso de conducir o de la tarjeta de conductor y se firma.

Al finalizar la jornada, volvemos a introducir país y comunidad autónoma e imprimimos nuevamente un ticket con las actividades del vehículo en las últimas 24 horas. Si algún período dedicado a otros trabajos, disponibilidad y descanso no ha quedado registrado por el tacógrafo, habría que que registrarlo en la parte trasera del ticket. Para finalizar, se escribe en la parte posterior el nombre completo, el número del permiso de conducir o de la tarjeta de conductor y se firma.

Es decir, hay que sacar dos tickets para cada día.

Por otra parte, en la Orden se indica que hay que llevar en el vehículo la tarjeta caducada y un resguardo de la solicitud de renovación, así como las impresiones realizadas desde que caducó la tarjeta.

Igualmente, en la Orden se señala que esta medida se aplica en todo el territorio nacional y se va a comunicar a la Comisión Europea, por lo que debería ser respetada por los otros países miembros de la UE.

Validez de las tarjetas de empresa caducadas

En el caso de la tarjeta de empresa, se aplica un protocolo similar. Las que caduquen entre el día 6 de marzo y los 15 días hábiles posteriores a la finalización de la declaración del estado de alarma y prórrogas del mismo, ambos días inclusive, y se haya solicitado su renovación en los 15 días hábiles anteriores a su fecha de caducidad, quedan exentas de su utilización y de las obligaciones para las que su uso fuera imprescindible, siempre que la empresa no disponga de otras tarjetas en vigor en el período comprendido entre el 14 de marzo y los 15 días posteriores a la finalización del estado de alarma.

Sin embargo, en el momento en el que el transportista tenga a su disposición una tarjeta de empresa en vigor, deberá realizar las descargas del tacógrafo y de las tarjetas de los conductores desde la última descarga realizada. Es decir, hay que evitar que se pierdan los datos registrados por el tacógrafo.

Revisión del tacógrafo durante el estado de alarma

Por otra parte, en la Orden no se hace referencia a la revisión que cada dos años debe pasar el tacógrafo. Dado que hay talleres abiertos, lo conveniente es realizarla, ya que no está claro que se pueda aplicar la disposición que establece que los plazos de prescripción y caducidad quedan suspendidos mientras esté vigente el estado de alarma y sus prórrogas.

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