El montaje de alcoholímetros en los camiones en 2022 se debate en Congreso y Senado

La incorporación de alcoholímetros antiarranque en los camiones a partir de julio de 2022 se está debatiendo en el Congreso y el Senado, como parte del proceso legislativo que modificará la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos y Seguridad Vial. 

La modificación de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial va a traer muchas novedades al sector: la posibilidad de que las empresas y autónomos con empleados puedan realizar controles de alcohol y drogas a sus conductores y, por otra parte, la creación de un sistema telemático para que les permita saber si sus conductores siguen habilitados legalmente para conducir o han “perdido” su permiso de conducir, por haber agotado su crédito de puntos o por otro motivo.

Estas modificaciones saldrán adelante con casi total seguridad. Sin embargo, hay otro cambio muy importante que todavía se está debatiendo: la instalación y uso obligatorio de alcoholímetros antiarranque a partir del 6 de julio de 2022 en los vehículos de categoría N2 y N3, los vehículos de mercancías de más de 3,5 toneladas de MMA, que dispongan de interfaz normalizado para su instalación; es decir, de la preinstalación necesaria para conectarlos al sistema de arranque del vehículo.

En el proyecto de modificación de la Ley presentado por la DGT no figuraba esta disposición relativa a la instalación de alcoholímetros antiarranque, también conocidos como alcolock. Dispositivos que obligan al conductor a hacer una prueba de alcohol antes de poder arrancar el vehículo, y si se da positivo el arranque se bloquea.

Sin embargo, el Grupo Parlamentario Popular presentó una enmienda con la siguiente propuesta: que “a partir del 6 de julio de 2022, los vehículos de nueva matriculación dedicados al transporte profesional de mercancías y de viajeros de categoría M2 y M3 deberán disponer de alcoholímetros antiarranque”. Enmienda que fue matizada antes de ser aprobada, y enviado al Senado el proyecto de modificación de Ley, dándole la siguiente redacción: obligar a partir del 6 de julio de 2022 a instalar alcoholímetros en los vehículos de categoría M2, M3, N2 y N3 «que dispongan» de interface normalizado, independientemente de cuando se hayan matriculado.

Llegados a este punto, conviene recordar que la Unión Europea, a través del Reglamento general de seguridad de los vehículos, ha establecido que a partir del 6 de julio de 2024 todos los vehículos que se vayan a matricular, turismos incluidos, deberán llevar de fábrica el interfaz (equipo de conexión) para la instalación de alcoholímetros antiarranque, pero no obliga a que directamente tengan que llevar el alcoholímetro. Como paso previo, el Reglamento establece que no se concederá la homologación a ningún vehículo sin interfaz a partir de julio de 2022, pero se seguirá permitiendo la venta de vehículos sin esta preparación hasta julio de 2024.

¿Cuál es la situación actual? Centrándonos en los camiones, de las siete grandes marcas europeas, ninguna monta de fábrica en sus vehículos el interfaz para instalar el alcoholímetro antiarranque: cuatro lo ofrecen como equipamiento opcional y tres no lo tiene disponible por ahora; además, dos de estas marcas aseguran que no instalarán el interfaz en sus vehículos hasta que no sea obligatorio, es decir, julio de 2024.

Con estos puntos de partida, si se aprobara en España la obligación de instalar un alcoholímetro antiarranque en los vehículos “que dispongan de interface normalizado”, habría que ver qué interpretación se le daría a la expresión “que dispongan”, demasiado vaga desde un punto de vista jurídico: ¿será suficiente con que se ofrezca como opción? ¿O el interfaz tendrá que tener de serie?

Tampoco parece muy apropiado introducir un cambio normativo de ese calado con tan poco margen de tiempo entre la aprobación y su entrada en vigor. Son circunstancias que podrían afectar tanto a los procesos de homologación de los fabricantes como a la decisión de compra de los transportistas, sin que necesariamente implique que haya más camiones con un alcoholímetro instalado.

Pero el proceso legislativo sigue abierto. Como decíamos, la modificación de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial ha llegado al Senado, donde el Grupo Parlamentario Socialista, a instancias de la DGT, ha presentado una nueva enmienda para sacar a los camiones de esta disposición y obligar a instalar alcoholímetros antiarranque solo a los vehículos de las categorías M2 y M3 destinados al transporte de viajeros que dispongan del interface normalizado.

Para explicar la presentación de esta enmienda, señalan desde el Grupo Socialista que “al contrario que el sector de transporte de viajeros por carretera, el sector de transporte de mercancías no ha demandado ni directamente, ni a través del Comité Nacional de Transportes por Carretera (CNTC), la incorporación de dispositivos alcoholímetros anti arranque a los vehículos N2 y N3. La instalación de estos dispositivos supone un elevado coste que en las actuales circunstancias económicas las empresas de transporte de mercancías por carretera probablemente no están en condiciones de afrontar. Ello sin mencionar los costes derivados del mantenimiento de estos dispositivos que son instrumentos de precisión y que requieren de calibración periódica. Por estas razones, la DGT solicita la eliminación en el texto de toda referencia a los transportes de mercancías por carretera y a los vehículos de categoría N2 y N3, circunscribiéndola exclusivamente al transporte de viajeros por carretera y a los vehículos M2 y M3.”

Para saber qué ocurre finalmente, todavía habrá que esperar unos meses. La enmienda del Grupo Socialista tiene que votarse en el Senado, que ha fijado el 15 de diciembre de 2021 como fecha límite para tramitar el proyecto de modificación de la Ley en esta cámara. Proyecto que para su aprobación definitiva tiene que volver a pasar por el Congreso, donde se podría reenmendar de nuevo el texto. Así que hasta el año que viene no se conocerá el resultado final… solo unos pocos meses antes de julio.

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