Alemania se ha sumado a Francia y Bélgica, que ya lo hicieron en 2014, y ha prohibido desde el 25 de mayo el descanso normal a bordo del camión. Tanto la Comisión como el Tribunal de Justicia Europeo son partidarios de esta prohibición.
Desde el 25 de mayo los conductores ya no pueden hacer el descanso normal (mínimo 45 horas consecutivas) a bordo del camión en un aparcamiento, área de servicio, etc en Alemania. Hacerlo supondrá multas de 500 euros para el conductor y 1500 euros para la empresa transportista. Sí lo pueden seguir haciendo con el descanso reducido que puede tomarse cada dos semanas.
Esta prohibición, que afecta tanto a conductores asalariados como autónomos, ya la pusieron en marcha en 2015 Francia y Bélgica. Y sabemos que el Tribunal de Justicia Europeo es partidario de esta prohibición, de que los conductores hagan en la cabina el descanso semanal normal, porque así lo trasladó la Abogacía General de dicho Tribunal el pasado mes de febrero en su informe preceptivo y señaló que esta prohibición es perfectamente compatible con la normativa europea. Se espera que en los próximos el Tribunal de Justicia Europeo avale públicamente estas regulaciones nacionales que prohiben tomar el descanso semanal normal a bordo del camión.
Hemos conocido recientemente gracias a la UETR que en el paquete de medidas que va a proponer la Comisión próximamente para modificar algunas Directivas y Reglamentos comunitarios, se incluye esta prohibición expresa. Por lo que ya no solo estaría prohibido en estos países, sino en todos los que forman parte de la Unión Europea. Pero para eso todavía tendremos que esperar algo más.