La Unión Europea deslocaliza el alquiler de camiones

La Unión Europea deslocaliza el alquiler de camiones: a partir de su entrada en vigor podrán alquilarse camiones en cualquier país para hacer transporte nacional, internacional o de cabotaje en otro Estado miembro.

La Unión Europea deslocaliza el alquiler de camiones al alcanzar el Consejo y el Parlamento Europeos un acuerdo para flexibilizar la normativa que regula el alquiler sin conductor de vehículos para el transporte de mercancías. Las empresas con autorización de servicio público podrán alquilar camiones en cualquier país europeo y utilizarlos para hacer tanto transporte nacional como internacional, incluido cabotaje.

Hasta ahora, la Directiva que regula la utilización de vehículos alquilados sin conductor en el transporte de mercancías por carretera solo garantiza que las empresas de transporte de mercancías puedan alquilar camiones cuando estos estén matriculados en el país en el que la empresa tiene su domicilio social.

Sin embargo, dentro de las medidas contenidas en el denominado Paquete de Movilidad se incluyó una modificación de la Directiva que regula el alquiler para flexibilizarlo, modificación que se encuentra en la fase final de su tramitación, que solo va a afectar al transporte de mercancías de servicio público y que, de facto, supone la deslocalización del alquiler de camiones.

El acuerdo al que han llegado el Consejo y el Parlamento Europeo es permitir que las empresas de transporte puedan alquilar camiones en otro país de la UE, diferente a donde tienen su domicilio social para realizar con esos vehículos transporte de ámbito nacional, siempre que la empresa de transporte cumpla la normativa en vigor en su país de establecimiento. La administración estará obligada a inscribir en sus registros estos camiones alquilados en otros países, para que queden amparados por la autorización de transporte de la empresa, y si el transportista la solicita, se les podrá dar cobertura con la licencia comunitaria, con lo que quedarían habilitados para hacer transporte internacional y cabotaje.

Es decir, que un transportista español podrá alquilar un camión en Portugal y utilizarlo tanto para hacer transporte interior en España, como internacional o cabotaje en cualquier país de la Unión Europea.

El objetivo de esta modificación, que los estados miembros de la Unión Europea están obligados a introducir en su normativa en los primeros meses de 2023, como muy tarde, es que las empresas de transporte tengan más flexibilidad para cubrir sus picos de demanda o cuando necesiten un vehículo de sustitución, desarrollar el mercado único y hacer que el transporte sea más eficiente. Además, las autoridades europeas ven otro punto a favor en la suposición de que los vehículos alquilados suelen ser nuevos, por lo que son seguros y respetuosos con el medio ambiente.

Limitaciones al alquiler de vehículo sin conductor

Sin embargo, la nueva Directiva permitirá que cada país, si quiere, no es obligatorio, establezca algunos límites temporales y de número de vehículos que las empresas de transporte establecidas en su territorio podrán al alquiler en otro país miembro de la Unión Europea. Con estas limitaciones, se da la opción a los estados miembros de intentar evitar que las empresas de transporte opten por este tipo de alquiler para pagar menos impuestos.

En concreto, se podrá limitar el tiempo de uso del vehículo alquilado a solo dos meses consecutivos, aunque existirá la posibilidad de establecer un periodo máximo de treinta días, si así lo exigen las normas nacionales de matriculación de vehículos, como ocurre actualmente en ocho países de la Unión Europea.

Además, se podrá limitar el número de vehículos alquilados que puede utilizar cualquier empresa, pero se deberá permitir que, al menos, pueda alquiler un número de vehículos equivalente al 25% de la flota total de vehículos de mercancías autorizados a 31 de diciembre de año anterior a la solicitud de autorización.

En la Directiva, se incluye la obligación de que la Comisión Europea redacte un informe, a más tardar en 2027, en el que se deberá analizar el impacto que haya producido esta deslocalización del alquiler de camiones sobre la seguridad vial, las distorsiones provocadas en los ingresos fiscales de los países y en la aplicación de las normas de cabotaje.

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