Hoy ha salido publicado en el BOE el Real Decreto-ley que amplía el plazo de pago de la declaración trimestral de IVA, IRPF y pago fraccionado de Impuesto de Sociedades hasta el 20 de mayo para autónomos y pequeñas empresas hasta 600.000 euros de facturación.
Ya era conocida la intención del Gobierno de ampliar el plazo de pago un mes para los impuestos que hay que declarar en abril: el pago trimestral del IVA, del IRPF y el primer pago fraccionado del Impuesto de Sociedades.
Pero, hasta hoy, 15 de abril, no ha salido publicado. El día 15 de abril era el último día del periodo para hacer autoliquidaciones, es decir, domiciliar los pagos de los correspondientes impuestos.
Al ampliar el plazo al 20 de mayo, el nuevo periodo de autoliquidación es el 15 de mayo, aunque Hacienda ha avisado que no va a cobrar estos impuestos domiciliados, tampoco los que se hayan hecho hasta el 15 de abril, hasta el último día del periodo, es decir, hasta el 20 de mayo.
Aplazamiento de deudas tributarias seis meses
Esta medida es complementaria de la aprobada hace ya un mes de la posibilidad de solicitar un aplazamiento de seis meses del pago de deudas tributarias que se encontraran en periodo voluntario de pago a 13 de marzo. Este aplazamiento solo está disponible para autónomos y empresas hasta 6 millones de facturación.
Los tres primeros meses no se devengan intereses por el aplazamiento y, a partir del cuarto mes el interés de demora que se aplicará a la deuda que reste por pagar será del 0,5%. Es la forma de dar liquidez a las empresas que ha encontrado el Gobierno.
Las declaraciones de IVA o IRPF correspondientes a este primer trimestre, y que hay hasta el 20 de mayo para declarar, pueden acogerse a este aplazamiento de seis meses.
En condiciones normales, las retenciones a cuenta del IRPF no se pueden aplazar, sí la liquidación de IVA.