Bruselas obliga a la contratación pública de vehículos de bajas emisiones

Bruselas va a obligar a todos los Estados Miembros a cumplir unos mínimos de vehículos limpios en la contratación pública de servicios.
Bruselas va a obligar a todos los Estados Miembros a cumplir unos mínimos de vehículos limpios en la contratación pública de servicios.

Bruselas ha adoptado unos objetivos vinculantes para el uso de vehículos de bajas emisiones y emisiones cero en la contratación pública de servicios para todos los Estados Miembros de la Unión Europea.

El Consejo Europeo ha adoptado unos objetivos mínimos en cuanto a emisiones para la contratación pública, por parte de cualquier administración, de vehículos para prestar servicios. Afecta tanto a los vehículos ligeros, como a los pesados y a los autobuses, aunque a éstos últimos les da un tratamiento especial.
En cuanto a los vehículos ligeros (que incluye turismos y furgonetas) fija unas mínimas emisiones de CO2 hasta 20126, y a partir del 1 de enero de 2026 se exige que sean de cero emisiones de CO2 para poder ser incluidos en la contratación pública. Los pesados, se exige que utilicen combustibles alternativos al diésel.

Se establecen dos periodos con incremento de la exigencia de incluir más vehículos de estas características en las licitaciones públicas, con dos fechas límite: 31 de diciembre de 2025 y 31 de diciembre de 2030.

Así, para España en relación con los vehículos ligeros se exige que hasta el 31 de diciembre de 2025 se incluya un mínimo de un 36,3% de vehículo limpios en los contratos realizados por cualquier administración, y a partir del 1 de enero de 2026 y hasta el 31 de diciembre de 2030 un 36,3% de los vehículos incluidos deben ser de cero emisiones de CO2.

En relación con los pesados, hasta el 31 de diciembre de 2015 un 10% de los vehículos que opten a un servicio público deben ser propulsados por energías alternativas al gasóleo y a partir del 1 de enero de 2016, y hasta el 31 de diciembre de 2030, un 14% de los vehículos deben cumplir esta exigencia.

Estamos hablando de vehículos que se empleen para el servicio de transporte en las vías públicas (recogida de basuras, servicios postales, paquetería, servicio de transporte de pasajeros para fines especiales…)

Los Estados miembros cuentan con dos años para transponer esta Directiva a su ordenamiento y cada tres años tendrán que presentar un informe sobre su aplicación, el primero el 18 de abril de 2026, como fecha límite.

Las razones que da el Consejo es el compromiso de la Unión Europea con un sistema energético sostenible, competitivo, seguro y descarbonizado. No solo se quiere mejorar el aire que respiramos, disminuir la contribución al cambio climático si también mejorar la competitividad de nuestra industria. Si aumenta la demanda de vehículos limpios, la industria europea de automoción puede convertirse en un referente para la industria mundial.

Los objetivos que se ha marcado la Unión Europea en relación con el clima son muy ambiciosos:

  • Reducir un 40% las emisiones de gases de efecto invernadero para 2030 (con relación a las emisiones de 1990).
  • Aumentar un 32% el consumo de energía renovable para la misma fecha.
  • Reducir un 32,5% el consumo de energía (o mejorar la eficiencia energética en el mismo porcentaje), también para 2030.
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