Bruselas tumba el requisito de los tres camiones para acceder al sector

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dicho NO a los tres camiones para acceder al sector de transporte en España. Con uno vale.

 

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha emitido hoy la sentencia en la que declara que España ha incumplido las obligaciones que le incumben en el establecimiento de los requisitos para acceder a la profesión de transporte al fijar una dimensión de flota mínima de tres vehículos y, en consecuencia, Fomento tendrá que modificar la normativa de acceso al sector para adaptarse a esta sentencia.

Esto implica que, desde el momento que Fomento modifique la normativa de acceso (tanto el nuevo ROTT que se está tramitando como la Orden Ministerial de acceso al sector), ya no se podrá exigir al solicitante de una tarjeta de transporte que disponga de un mínimo de tres vehículos, que sumen 60 toneladas de carga, para poder acceder al sector.  El transportista que acuda a la ventanilla de cualquier comunidad autónoma a solicitarla, y cumpla el resto de los requisitos, la deberá obtener, aunque solo acredite la disponibilidad de un vehículo. ¿Por qué el Tribunal de Justicia Europeo anula esta exigencia? Porque la considera discriminatoria, desproporcionada y no adecuada a los requisitos que el Reglamento comunitario (CE) 1071/2009 fija para poder acceder a la profesión de transportista.

Ojo, la sentencia tumba el requisito de los tres vehículos, pero no el de la antigüedad mínima que, como bien sabéis, se exige que sea un vehículo nuevo (menos de cinco meses).

Esta sentencia afecta de forma directa al contenido del nuevo ROTT que se está tramitando en la actualidad, y que parte de la disponibilidad de los tres vehículos para muchos de sus postulados, como el aumento o disminución de flota con el límite de los tres vehículos, la transmisibilidad de la tarjeta, etc. También afecta a la Orden Ministerial que regula el acceso a la profesión de transporte en España y fija la dimensión mínima de flota en tres vehículos nuevos. Entendemos que Fomento aprovechará la tramitación actual de estas normas para actualizarlas conforme a la sentencia del Tribunal de Justicia europeo, ya que, aunque no se fija un plazo mínimo para modificar la legislación española conforme a la sentencia, la demora puede conllevar sanciones para España.

Fomento tenía previsto tener el nuevo ROTT en vigor el próximo 1 de julio. La necesaria  exclusión de este requisito, tanto en el ROTT como en la Orden Ministerial que regula el acceso a la profesión de transporte, obliga a modificar parte del proyecto. Veremos si da tiempo o no a su publicación y entrada en vigor el 1 de julio.

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