El sector muy molesto con Tráfico por la carga y estiba de la mercancía

Malestar en el sector por la aplicación del Real Decreto que regula las inspecciones en carretera de la estiba y por las primeras sanciones que han empezado a llegar.

Ha entrado en vigor el RD 563/2017 que regula las inspecciones de vehículos de transporte en carretera y el malestar de las organizaciones de transporte va en aumento. Sobre todo, porque a pesar de su compromiso con el Comité Nacional del Transporte, la DGT no ha hecho pública la resolución que explica cómo poder dar cumplimiento a este Real Decreto, pero sí que ha empezado a realizar inspecciones en carretera y a sancionar, conforme a dicho Real Decreto.

FENADISMER ha denunciado cómo algunos de sus asociados han empezado a ser sancionados  por presuntos incumplimientos con alguno de los cientos de apartados de los Anexos del Real decreto que regula las inspecciones en carretera de los vehículos de transporte, alegando que «el vehículo sancionado carece de dispositivos que garanticen la adecuada protección o acondicionamiento de la carga conforme al RD 563/2017«.

El malestar tiene diversos orígenes, uno de ellos, sin duda es el hecho de que la DGT no solo haya empezado a hacer estos controles en carretera, puesto que ya venía haciendo controles sobre la correcta estiba de la mercancía, cuando no hay ninguna claridad en sus disposiciones y son muchas más las dudas que las certezas en su posible aplicación a los vehículos de carga, sino que haya empezado a sancionar por no cumplir las disposiciones de este Real Decreto. Cuando la propia DGT se comprometió a publicar una Resolución en donde detallaría cómo cumplir con las disposiciones del Real Decreto y dejaría claras las responsabilidades de cada uno (transportistas y cargadores), cosa que no ha hecho, antes de empezar a sancionar.

El sector pide cambios en la trasposición de la Directiva

Ayer mismo, el Comité Nacional del Transporte, junto con ASFARES (Asociación Española de Fabricantes de Remolques, semirremolques, Cisternas y vehículos análogos), emitió un comunicado en el que manifiesta su absoluto desacuerdo y disconformidad con un Real Decreto cuyas disposiciones son imposibles de cumplir, ni por parte de los transportistas ni por parte de los fabricantes de los equipos. La consecuencia es que los transportistas están sometidos a una enorme inseguridad por lo que afecta a sus responsabilidades civiles, administrativas e incluso penales, ya que este Real Decreto entra en abierta colisión con la normativa de transportes en lo que a responsabilidades se refiere.

El Comité Nacional del Transporte no entiende cómo se ha podido hacer una transposición tan incompleta de la Directiva 2014/47/UE, que es la que exige y regula estas inspecciones en carretera. La Comisión Europea editó una Guía europea de mejores prácticas para la difusión de esta Directiva, que el Real Decreto español que la traspone obvia completamente.

El Real Decreto omite apartados fundamentales de la Directiva, por ejemplo en lo relativo a la sujeción de la carga. Mientras que el contenido de la Directiva es mayormente facultativo (voluntario), y no vinculante, el Real Decreto lo reviste de una obligatoriedad que no corresponde con el espíritu de la Directiva. Incluye, además, el Real Decreto todo tipo de guiones de origen desconocido con interpretaciones extrañas de la Directiva, con los que se ha formado a los Agentes de Tráfico de la Guardia Civil que deben efectuar las inspecciones en carretera.

En resumidas cuentas, el Comité Nacional considera que es necesario modificar la transposición que se ha hecho de la Directiva de forma que el Real Decreto recoja el espíritu de la misma y para ello debe tener en cuenta la Guía europea de mejores prácticas, que para eso fue editada.

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